Quito (Pichincha), 13 de marzo de 2025.- ‘Victoria’ (nombre protegido), una niña diagnosticada con escoliosis, ingresó a un hospital especializado para niños, para acceder a un tratamiento. Durante el proceso, entraba y salía caminando de esa casa de salud.
Walter Ramón Á., su médico tratante, enfrenta un proceso penal al presumirse que fue el responsable de provocar lesiones a ‘Victoria’, según lo formulado por el Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías No. 1 en la audiencia llevada a cabo ayer.
El 15 de marzo de 2024, el médico operó a la niña en la clínica de su propiedad, después de haberla intervenido en otro hospital once meses atrás. Sin embargo, la cirugía no alivió su condición. Un examen médico-legal reveló que sufrió una lesión permanente: su médula espinal fue afectada, lo que le provocó tetraplejia, dejándola incapaz de mover sus extremidades.
En la exposición de su teoría del caso, el Fiscal agregó que esta situación obligó a la familia a buscar otro especialista en una casa de salud privada. Este nuevo médico volvió a operar a la pequeña y descubrió posibles fallas en la intervención anterior, como tornillos mal colocados en la columna, lo que habría provocado una infección.
Con base en estos hechos, Fiscalía considera que el médico presuntamente actuó de manera negligente, infringiendo el deber objetivo de cuidado. Este deber obliga a los profesionales de la salud a seguir los protocolos y normas establecidas, como la lex artis (forma habitual y diligente de actuar en la profesión).
Entre los elementos de convicción presentados, Fiscalía incluyó una valoración psicológica practicada a ‘Victoria’. La experticia determinó que, debido a su condición, la niña ha mostrado pensamientos suicidas.
A solicitud de Fiscalía, la Jueza concedió medidas de protección para ‘Victoria’, prohibiendo que el procesado ejerza actos intimidatorios hacia ella o su familia, y ordenando que se le proporcione tratamiento psicológico.
En cuanto a las medidas cautelares, el procesado deberá presentarse una vez por semana ante el Fiscal del caso y se dispuso la prohibición de salida del país.
Información jurídica
Fiscalía formuló cargos por el delito de lesiones, tipificado en el artículo 152, numeral 5 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 146, numerales 2 y 3 del mismo cuerpo legal, por la presunta infracción al deber objetivo de cuidado. (FGE)
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