Riobamba (Chimborazo), 19 de marzo de 2025.- Paola Elizabeth A. M. aceptó su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización a mediana escala y, al someterse a un procedimiento abreviado, fue sentenciada a cuarenta y cinco meses de prisión. Además, deberá pagar una multa equivalente a diez salarios básicos unificados.
Durante la diligencia del 17 de marzo, la Fiscal del caso presentó varios elementos de convicción, entre ellos: la autorización judicial para el seguimiento y vigilancia, el informe policial investigativo, el informe de verificación, pesaje y análisis químico de las sustancias incautadas y el informe del reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias.
Fiscalía expuso su teoría del caso, que sostiene que el 9 de enero de 2025, con la orden de allanamiento correspondiente, personal de Fiscalía y la Policía ingresó al domicilio de Paola Elizabeth A. M., ubicado en las calles Venezuela entre Pichincha y Vicente Rocafuerte, en Riobamba. La investigación había indicado que la procesada almacenaba y comercializaba sustancias ilícitas en el lugar.
Durante el operativo, se encontraron 55.5 gramos de cocaína, un teléfono celular, una balanza digital y otros indicios, lo que llevó a la aprehensión de la ahora sentenciada en flagrancia.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delito tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b (mediana escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena privativa de libertad de cinco a siete años. En este caso, debido al procedimiento abreviado y al reconocimiento de su participación en los hechos, se aplicó una reducción de la pena. (FGE)
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