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Sentenciado por tráfico de moneda

Riobamba (Chimborazo), 20 de marzo de 2025.- Mediante procedimiento abreviado, el procesado Erwin Holmer F. O. aceptó su responsabilidad penal –de manera libre y voluntaria– en el delito de tráfico de moneda. El Juez de Garantías Penales que conoció el caso lo sentenció a ocho meses de privación de libertad.

El fallo también incluye el pago de una multa equivalente a dos salarios básicos unificados.

Erwin Holmer F. O. fue aprehendido el 20 de noviembre de 2024 en el Terminal Terrestre de Riobamba por personal de la Policía Nacional. Los agentes, al notar su actitud sospechosa y evasiva, procedieron con un registro corporal, encontrando varios soportes similares a billetes de 20 dólares.

Tras comprobar que los billetes no coincidían con los de curso legal, y tras verificar el papel y número de serie de los 2.000 dólares hallados, se procedió a su aprehensión.

Durante la audiencia, el Fiscal del caso sustentó la acusación con el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el informe pericial de reconocimiento de evidencias, las versiones de los agentes, el informe de pericias caligráficas de los billetes, que concluyó que el dinero era falso, entre otros elementos.

Información jurídica

El tráfico de moneda está tipificado en el artículo 304 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se sanciona con una pena privativa de libertad de uno a tres años. Sin embargo, en este caso, el procesado se acogió el procedimiento abreviado (artículo 636, numeral 3, del mismo cuerpo legal), por lo que se aplicó una rebaja de la pena, estableciendo una sanción menor al tercio de la prevista en el tipo penal. (FGE)