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Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por tráfico de drogas y tenencia de armas

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 02 de abril de 2025.- Luego de haber valorado la fundamentación jurídica expuesta por Fiscalía, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas ratificó la sentencia de seis años de prisión contra Klever Agustín V., tras la apelación interpuesta por su defensa. El Tribunal confirmó su culpabilidad como autor directo de los delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala y tenencia y porte no autorizado de armas, en concurso real de infracciones.

Además, se confirmó la imposición de una multa equivalente a quince salarios básicos unificados.

El hecho investigado por Fiscalía ocurrió el 23 de marzo de 2024 en un inmueble ubicado en el recinto Las Delicias, en Santo Domingo.

Durante la audiencia de apelación, la defensa del sentenciado señaló que el Tribunal no valoró adecuadamente las pruebas en su conjunto y que no se respetó el debido proceso.

Ante esta argumentación, el Fiscal del caso destacó que las pruebas presentadas en su momento demostraron que la Institución actuó conforme a la ley en un delito flagrante, imputando al acusado por dos tipos penales en concurso real de infracciones, con base en los elementos de convicción obtenidos para la formulación de cargos.

El Fiscal sustentó su solicitud de ratificación de la sentencia con los testimonios de los agentes aprehensores, quienes confirmaron que Klever Agustín V. tenía en su domicilio ‒dentro de una lavadora‒ una mochila con sustancias ilícitas. La prueba de campo y el pesaje determinaron un peso neto de 462 gramos de clorhidrato de cocaína y 360 gramos de marihuana, además de armas de fuego y municiones.

Finalmente, acogiendo el pedido de Fiscalía, los Jueces que conocieron la apelación rechazaron la solicitud de la defensa y ratificaron la resolución emitida por el Tribunal de primera instancia. No obstante, aclararon que, en cuanto al concurso real de infracciones, no es posible acumular las penas, sino aplicar la correspondiente al delito más grave, en este caso, el tráfico de drogas en alta escala.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años (sanción vigente a la fecha de los hechos). El delito de tenencia y porte no autorizado de armas está tipificado en el artículo 360 del mismo cuerpo legal. (FGE)