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Fiscalía procesa a 2 personas por tenencia de armas y receptación

Mejía (Pichincha), 07 de abril de 2025.- Edila Victoria F. E. y Eulicer Holger Q. C. cumplen la orden de prisión preventiva solicitada por Fiscalía durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos.

Ambos son procesados por su presunta participación en los delitos de tenencia de armas y receptación, en concurso real de infracciones.

Los ahora procesados irán a juicio tras aplicarse un procedimiento directo. La fecha para resolver su situación jurídica se fijó para el 25 de abril de 2025 (15:15).

Los sospechosos fueron detenidos durante un operativo liderado por Fiscalía el 4 de abril de 2025 –mediante un acto urgente– en el sector El Obelisco, cantón Mejía.

En el inmueble allanado, se encontraron carteras, billeteras, teléfonos celulares, armas blancas y un arma de fuego calibre 22 milímetros, entre otros objetos. Estos indicios serían el resultado de múltiples asaltos perpetrados en unidades de transporte público, los cuales fueron captados por cámaras de seguridad de los mismos buses.

También se encontraron prendas de vestir similares a las que usaban los sospechosos cuando fueron grabados en los videos.

En la audiencia, el Fiscal a cargo del operativo presentó nueve elementos de convicción, entre los que se incluyen: las versiones de los policías aprehensores, el informe de inspección ocular técnica, la certificación de análisis pericial balístico practicado al arma de fuego y las pericias practicadas a los videos extraídos de la red social Facebook, en los que aparecerían los ahora procesados asaltando a pasajeros.

El Fiscal de Mejía explicó, además, que Edila Victoria F. E. tenía una boleta de captura vigente por el delito de robo calificado, misma que se hizo efectiva gracias al operativo ejecutado la noche del pasado viernes, en coordinación con la Policía Nacional. También precisó que la sospechosa habría suplantado la identidad de su hermana para evadir a la justicia.

La instrucción fiscal en esta causa tendrá un plazo de viente días.

Información jurídica

El delito de tenencia de armas está tipificado en el artículo 360, inciso primero del Código Orgánico Integral Penal (COIP); mientras que el delito de receptación se sanciona en el artículo 202 de la misma norma. (FGE)