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En apelación, se confirma sentencia por abuso sexual en la vía pública

Cuenca (Azuay), 14 de abril de 2025.- José M. L., de 63 años, deberá cumplir siete años de privación de libertad y pagar 2.000 dólares como reparación integral, luego de que se confirmara –en segunda instancia– su responsabilidad en el delito de abuso sexual cometido contra una adolescente.

La Sala Penal de Azuay desechó el recurso de apelación presentado por la defensa del sentenciado y ratificó la sentencia emitida por el Tribunal Penal en septiembre de 2024, al considerar que durante el juicio, Fiscalía demostró la existencia del delito y la responsabilidad penal de José M. L.

Los hechos se registraron el 4 de agosto de 2023. La víctima, de 13 años, se encontraba en una parada de bus del cantón Chordeleg, cuando fue abordada por el ahora sentenciado, quien era vendedor ambulante. Le dijo que su padre le debía dinero por la compra de unas ollas.

Ella respondió que su padre se encontraba en casa. Sin embargo, José M. L. la obligó a ir a un lugar apartado –entre una calle y unas escalinatas– para “esperarlo y cobrar la deuda”. Pasados unos minutos, al ver que su padre no llegaba, la adolescente intentó retirarse. En ese momento, el agresor la detuvo y le dijo que ella debía pagarle la deuda.

La adolescente se negó, pero el ahora sentenciado le tapó la boca con una toalla y la agredió sexualmente. Un ciudadano que observó lo que sucedía alertó a sus compañeros de trabajo, quienes acudieron a auxiliar a la víctima e impidieron que continuara la agresión. José M. L. huyó del lugar, pero fue detenido más tarde por agentes de la Policía Nacional en el sector de la Terminal Terrestre.

Más de quince elementos probatorios permitieron sustentar la acusación y demostrar los hechos, entre ellos: los testimonios de la víctima, de su madre, del testigo presencial, de la médica que la atendió, así como los de los agentes policiales que efectuaron la aprehensión del sentenciado. Además, se presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias.

Información jurídica

El delito fue procesado con base en el artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el abuso sexual como un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es menor de 14 años, el delito es sancionado con privación de libertad de siete a diez años. (FGE)