Portoviejo (Manabí).- Óscar E., presunto autor del delito de desaparición involuntaria y posterior femicidio de Ariana Jiménez, fue llamado a juicio por el Juez de Garantías Penales de Manabí a cargo de la diligencia. La decisión fue informada al concluir la audiencia preparatoria de juicio, tras haber analizado los elementos de convicción presentados por la Fiscalía General del Estado.
El hecho investigado inició el 14 de junio de 2024, cuando Ariana, de 24 años y en estado de gestación, fue reportada como desaparecida. La investigación determinó que ese día, la víctima fue citada por su pareja, Óscar E., en el parque Los Jazmines, y desde entonces no se tuvo más información de ella.
Ante la desaparición, la Fiscalía General del Estado, con el apoyo de la Policía Nacional, activó el protocolo de búsqueda, sin obtener resultados positivos. Sin embargo, tras practicar varias pericias y entrevistas, se identificó a Óscar E. como principal sospechoso.
A principios de octubre de 2024, se hallaron osamentas en una zona alta de la vía Cuatro Esquinas-Zapallo, en Portoviejo. Luego del análisis correspondiente, se confirmó que los restos pertenecían a la víctima. Por lo tanto, se formuló cargos en contra del presunto responsable y se dispuso su prisión preventiva.
Durante la audiencia, el Fiscal del caso presentó más de cincuenta elementos de convicción, entre los cuales se incluyeron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el levantamiento de las osamentas y el examen de ADN que confirmó la identidad de la víctima. Además, se expusieron las versiones de más de veinte personas que corroboraron la relación de pareja entre la víctima y el presunto agresor, y confirmaron que Ariana estaba esperando un hijo de Óscar E., quien en varias ocasiones le habría pedido que terminara con el embarazo, solicitud que ella rechazó.
Además, se estableció que el hombre mantenía otra relación en paralelo con una mujer con la que estaba comprometido, información incluida en el informe investigativo de la Policía Nacional y que fue considerada como un posible móvil para la presunta comisión del delito.
Asimismo, se incluyeron los informes periciales de audio, video y afines, y de trabajo social, que indicaron que la víctima no presentaba problemas y vivía tranquilamente con su familia.
El Juez, además, ratificó la medida cautelar de prisión preventiva para el presunto agresor.
Información jurídica
Este caso es procesado por desaparición involuntaria (artículo 163.1) en concurso real de infracciones con femicidio (artículo 141), ambos tipificados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). El femicidio se sanciona con penas de entre veintidós y veintiséis años de privación de libertad, mientras que la desaparición involuntaria está penada con entre siete y diez años de prisión. (FGE)
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