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Se ratifica sentencia de 10 años de prisión por peculado en el GAD de Arajuno

Quito (Pichincha), 01 de mayo 2025.- La Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Provincial de Justicia ratificó la sentencia condenatoria contra Elario Gerardo T., exalcalde del cantón Arajuno, y Marcelo Sigifredo S., quienes cumplirán una pena privativa de libertad de diez años por su participación en el delito de peculado.

El fallo confirma íntegramente la sentencia emitida en octubre de 2023 por un Tribunal de primera instancia, que también dispuso el pago de una multa equivalente a cuarenta salarios básicos unificados para cada uno, el cese de derechos políticos y ciudadanos por el tiempo señalado en la sentencia, y una reparación integral al Estado por el monto del perjuicio ocasionado: 158.409,41 dólares.

Según Fiscalía, el perjuicio se generó entre 2014 y 2019, cuando Elario Gerardo T., en su calidad de alcalde, suscribió un convenio con Marcelo Sigifredo S. para recibir –a través de una supuesta donación– una motobomba, una ambulancia y equipos contra incendios, provenientes de una empresa no registrada en Ecuador. La «donación» derivó en un perjuicio económico al GAD Municipal de Arajuno.

Durante la audiencia de apelación, la defensa técnica de Elario Gerardo T. indicó que no se habría aplicado principios de interculturalidad, debido a que su defendido pertenece a la nacionalidad Kichwa. Por su parte, la defensa de Marcelo Sigifredo S., argumentó que no se habría respetado el debido proceso, lo que vulneraría la tutela judicial.

Ante ello, el fiscal provincial de Pastaza, Lenin Mayorga, aclaró que Fiscalía viabilizó la práctica de la pericia antropológica solicitada por la defensa de Elario Gerardo T., a fin de facilitar el ejercicio pleno de sus derechos. En cuanto a Marcelo Sigifredo S., sostuvo que todo el proceso se llevó a cabo conforme a lo que determina la norma constitucional.

Con base en estos argumentos, Fiscalía solicitó a los jueces que conocieron la apelación ratificar la sentencia de primera instancia. Finalmente, la Sala Penal rechazó los recursos interpuestos por las defensas y confirmó la culpabilidad de ambos sentenciados.

Información jurídica

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de diez a trece años. (FGE)