Puyo (Pastaza), 06 de mayo de 2025.- Luego de la valoración de las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso sentenció a trece años y cuatro meses de pena privativa de libertad a Luis Alfredo C., como autor directo del delito de abuso sexual perpetrado contra un niño de 8 años.
El fallo también contempla el pago de una multa de veinte salarios básicos unificados y, como medida de reparación integral, el pago de 3.000 dólares a favor de la víctima.
Según la investigación desarrollada por la Fiscalía Especializada en Violencia de Género, tras finalizar su jornada educativa, la víctima solía acudir a un centro de desarrollo integral ubicado en Pastaza, donde el ahora sentenciado trabajaba como tutor de computación.
El 6 de marzo de 2019, cuando el pequeño llegó al aula, Luis Alfredo C. lo condujo detrás de unas computadoras y cometió actos de connotación sexual en su contra.
Más tarde, al llegar a casa, el niño relató lo ocurrido a su madre, quien denunció el hecho ante Fiscalía.
Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscal del caso expuso ante el Tribunal las pruebas que demostraron la responsabilidad penal del procesado. Entre ellas constan: el testimonio anticipado de la víctima (quien en su relato identificó a Luis Alfredo C. como su agresor), los testimonios de la madre, del agente investigador, del perito de criminalística y de trabajadores del centro de desarrollo donde ocurrió el abuso.
También se presentó la pericia psicológica y la de reconocimiento del lugar de los hechos.
Información jurídica
Este caso fue procesado con base en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el abuso sexual con pena de siete a diez años de prisión cuando la víctima es menor de 14 años.
En este caso se aplicaron circunstancias agravantes conforme al artículo 48, numerales 8 y 9, del mismo cuerpo legal, lo que incrementó la pena impuesta. (FGE)
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