Loja (Loja), 06 de mayo de 2025.- El Tribunal de la Corte Provincial de Loja que conoció la causa rechazó el recurso de apelación presentado por Rafael C. O. y, acogiendo los argumentos expuestos por la Fiscalía General del Estado, confirmó la sentencia de cinco años de privación de libertad por el delito de abuso sexual perpetrado contra una joven.
Asimismo, los jueces ratificaron la obligación del sentenciado de pagar 5.000 dólares como parte de la reparación integral a la víctima, así como las medidas de protección dictadas a su favor.
Durante la audiencia de apelación, el Fiscal del caso desvirtuó todas las pretensiones del procesado, con base en las pruebas presentadas en primera instancia, mismas que fueron consideradas suficientes por el Tribunal de juicio para demostrar su responsabilidad penal.
El hecho investigado por Fiscalía ocurrió el 12 de enero de 2023. La víctima regresaba de su lugar de estudios a su domicilio y, como era habitual, tomó un bus de transporte público. Durante el trayecto, mientras el vehículo circulaba por el sector de Clodoveo, en la ciudad de Loja, fue agredida por un pasajero que se encontraba en el mismo automotor.
La joven pidió ayuda de inmediato. Agentes de la Policía acudieron al llamado y aprehendieron al presunto agresor en el lugar de los hechos.
En el juicio, Fiscalía presentó los testimonios de los agentes que acudieron a la emergencia, el parte policial, las pericias de medicina legal, psicología y trabajo social, que evidenciaron las afectaciones sufridas por la víctima.
A esto se sumaron los informes periciales de reconocimiento del lugar de los hechos y el informe investigativo .Todos estos elementos coincidieron con el testimonio anticipado rendido por la joven agredida, en el cual identificó plenamente al agresor.
Luego de analizar lo expuesto por las partes procesales, el Tribunal de apelación concluyó que la sentencia emitida en primera instancia está debidamente sustentada y motivada, por lo que la confirmó en todas sus partes.
Información jurídica
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (FGE)
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