El pasado 28 de abril de este año, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó las reformas al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación con el se busca regular las facilidades de pago de los créditos educativos, becas y asistencias financieras. Se lo hizo de forma unánime con 112 votos.
Con esto se buscaba que los estudiantes puedan refinanciar hasta un plazo de 240 meses, dependiendo de lo adeudado, con cuotas accesibles y un régimen especial de pagos.
No obstante, con la emisión del oficio número T.086-SGJ-25-003, el presidente Daniel Noboa Azín objetó parciamente a esa norma, por inconveniencia. Señala que la propuesta de modificación del artículo 2 del proyecto de ley, en relación a los beneficiarios y los requisitos para el acceso a las facilidades de pago.
El artículo 2 del proyecto de ley, aprobado por el Parlamento dice:”Artículo 2.- Sustitúyase el artículo 32.2 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, creatividad e innovación, por el texto:Artículo 32.2.- Facilidades de pago y tipos de garantías: a partir de la notificación con el título de crédito, la orden de cobro y/o autode pago, según sea el caso, el deudor, garante o codeudores del proceso coactivo podrán solicitar la concesión de facilidades de pago de la obligación”. (ECUAVISA)
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