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Algunas normas del proyecto de la Ley de Inteligencia genera preocupación en el Pleno de la Asamblea

La Asamblea Nacional continúa debatiendo la primera Ley de Inteligencia que tendrá el país. En el Pleno, algunas de sus disposiciones causan preocupación, como ya lo ha dado a conocer este noticiero, entre ellas la que define a los ciudadanos, empresas privadas y entidades públicas como organismos de apoyo al sistema de inteligencia.

El proyecto dice que la máxima autoridad de la entidad rectora del sistema de inteligencia, a la que no da nombre, puede requerir información específica o datos, por cualquier medio, a la entidad de apoyo. En el caso de las instituciones públicas, obliga a que entreguen la información solicitada en dos días.

No aclara si ese plazo es el mismo para cualquier ciudadano o empresa privada. En ese caso dice que será de manera oportuna y completa y que la obligación debe cumplirse sin excepciones ni oposición alguna.

Un apartado específico contiene la propuesta para las operadoras de servicios de telecomunicaciones. La entidad rectora del sistema podrá solicitar información histórica y en tiempo real de comunicaciones y conexiones de usuarios. También deben proporcionar información técnica e informática de comunicaciones digitales, ubicaciones y cualquier otra para identificar y localizar a cualquier persona.

Estos pedidos, según la propuesta, pueden durar cinco años. En ese apartado la norma solo dice que se evitará en todo momento su aplicación arbitraria. Lo mismo con la retención, apertura, interceptación o revisión de documentos o comunicaciones de cualquier tipo.

En la Asamblea estas disposiciones generan inquietud, especialmente en el correísmo que advirtió que ponen en riesgo el derecho a la privacidad y la integridad de los datos personales de los ciudadanos.

Estas disposiciones convierten a esa máxima autoridad en el único funcionario que podrá tomar las decisiones sobre la información, comunicaciones y correspondencia de los ciudadanos, sin que para ello deba contar con autorización de la Corte Nacional de Justicia, como hasta ahora exige la Ley de Seguridad Pública.

Ese funcionario, según la propuesta, será elegido por el Presidente de la República, coordinará todos los subsistemas de inteligencia y ordenará las actividades y operaciones de inteligencia y contrainteligencia, según el plan nacional definido por Daniel Noboa.

Sobre los requisitos para ocupar ese puesto, el proyecto solo establece que no debe ser miembro activo de la Policía o las Fuerzas Armadas. No exige formación académica, profesional ni experiencia en el área. (ECUAVISA)