Régimen 4×4: compras de Temu, Shein, Amazon y todas las tiendas y plataformas deben pagar la tasa de $ 20, y no se pueden revender advirtió el Ministerio de Producción y Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
“Revender productos por esta vía está prohibido y no te convierte en microempresario, te convierte en un importador informal y eso va contra la norma”, advirtió el Ministerio de Producción.
Al respecto, Jaramillo señaló que una de las razones para aplicar esta tasa de $ 20 es porque se detectó una red de comercio informal que utiliza este medio para hacer negocios.
“Hay un crecimiento muy importante de comercio ilegal que se abastece a través de esta modalidad del 4×4 a través de esquemas en los que inclusive se están utilizando cédulas de otras personas sin que estas se enteren, esto se ha convertido ya en un negocio”, señaló Jaramillo.El Gobierno del Ecuador informa que, a partir del 16 de junio de 2025, se aplicará una tarifa arancelaria fija de 20 dólares por paquete a los envíos realizados bajo el régimen Courier 4×4 (Categoría B), que permite importaciones personales de hasta 4 kilogramos y un valor FOB máximo de 400 dólares.
La medida fue aprobada este lunes 2 de junio por el Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX) mediante Resolución N.º 006-2025, con el objetivo de evitar el uso comercial informal de este mecanismo, creado exclusivamente para facilitar compras personales desde el exterior.
En los últimos 4 años, el valor de las importaciones por Courier (4×4) creció un 392%, pasando de USD 102,7 millones en el 2020 a USD 502 millones en el 2024. Mientras que, el crecimiento en número de paquetes es del 637%, pasando de 879.000 a 6.5 millones paquetes.
Este crecimiento ha generado graves consecuencias para sectores productivos nacionales como:
- Textil: pérdidas por más de USD 69 millones y reducción del empleo adecuado en un 7%.
- Calzado: caída del 8% en ventas, afectando principalmente a microempresas (97% del sector).
Se estima que al menos el 68% del contenido de estos paquetes corresponde a ropa o calzado, productos sensibles para la producción nacional.
Objetivos de la medida:
- Proteger al empleo formal y la producción ecuatoriana.
- Fomentar un comercio justo y equitativo.
- Evitar el uso comercial no regulado del régimen 4×4.
- Corregir distorsiones de mercado que afectan a importadores formales.
Datos importantes:
- Límite anual por usuario: Se mantiene el tope de USD 1.600.
- Migrantes ecuatorianos no se verán afectados:Cuentan con el régimen especial Categoría G.
Comparación internacional:
Otros países aplican controles más estrictos:
- Colombia: límite de USD 200 + IVA.
- Chile: límite hasta USD 41; por encima de este rubro se paga 6% de arancel + 19% de IVA.
- Ecuador: mantiene uno de los límites más altos de la región (USD 400 y 4 kg por envío).
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), ha sostenido espacios de diálogo con sectores productivos, gremios y entidades como: el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y el Servicio de Rentas Internas (SRI), para construir una política comercial equilibrada, justa y transparente.
Esta es una medida proporcional y técnica, pensada para proteger a quienes producen formalmente en Ecuador y para restablecer las condiciones de competencia leal.
Conoce aquí la Resolución No. 006-2025
MINISTERIO DE LA PRODUCCION Y COMERCIO EXTERIOR
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