Cayambe (Pichincha), 09 de junio de 2025.- El sargento primero de Policía José David P. M. y la ciudadana Nancy Rocío M. S. están procesados por concusión. El primero se encuentra con prisión preventiva y la segunda con presentaciones periódicas ante Fiscalía. La instrucción fiscal de este caso será de treinta días.
Ambos fueron aprehendidos en delito flagrante, la tarde del 6 de junio de 2025. El hombre le dijo –vía telefónica– a una mujer de 24 años que el trámite para la devolución de su motocicleta, supuestamente retenida en las instalaciones de la Jefatura de Tránsito del cantón Cayambe– le costaría 500 dólares. Ella le respondió que no tenía esa cantidad de dinero.
La mañana del 6 de junio recibió una llamada de Nancy Rocío M. S., quien se identificó como abogada (sin serlo) y le ofreció ayuda con el trámite de devolución de la moto, por un pago de 200 dólares. La citó para las 17:00 del mismo día, en los exteriores de la Jefatura.
La joven, por temor a ser estafada, solicitó a la Policía Nacional que le brinde acompañamiento. Llegaron a las 16:30 y ocho minutos después, los ahora procesados arribaron en un auto negro.
El Policía conducía el vehículo, en tanto que Nancy Rocío M. S. bajaba la ventana para recibir el sobre amarillo con el dinero en su interior. Consumada la entrega, los agentes que acompañaban a la joven denunciante los aprehendieron en delito flagrante.
Durante la revisión a los aprehendidos, los agentes encontraron tres celulares, cinco chips telefónicos y el sobre amarillo. También retiraron el arma de dotación al sargento primero.
¿Qué pasó con la motocicleta retenida?
Cuando la joven denunciante solicitó apoyo policial para entregar el dinero a cambio de la devolución de su moto, ella contó que la noche del 31 de mayo de 2025, su conviviente manejaba dicha motocicleta, pero fue detenido por dos policías que le pidieron los documentos habilitantes.
Como no los tenía, primero le habrían solicitado 500 dólares para dejarlo ir sin problemas legales. Pero cómo tampoco contaba con ese dinero, le retiraron la motocicleta diciéndole al conductor que acuda al siguiente día a la Jefatura de Tránsito con la matrícula y placa para que pueda retirarla.
Cuando la denunciante se acercó al lugar, un policía le dio el contacto del uniformado ahora procesado. Después de los hechos que terminaron en la aprehensión de este servidor policial y su acompañante, los agentes aprehensores ingresaron hasta las instalaciones de la Jefatura de Tránsito para verificar si la moto estaba ingresada en el libro de guardia, pero no constaba ningún ingreso del 31 de mayo de 2025.
Ejecutaron una inspección a todo el reparto policial y encontraron la motocicleta de la denunciante en la parte posterior de la Jefatura.
El relato de estos hechos fue expuesto por el Fiscal de turno en flagrancia de Cayambe ante el juez de la Unidad Judicial de lo Penal del cantón, durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos.
Información jurídica
La concusión –delito imprescriptible según el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador– está tipificada en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona con prisión de tres a cinco años a “los servidores públicos y a las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado (…) que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de (…) beneficios económicos indebidos […]”. (FGE)
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