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Pena máxima agravada por tráfico de drogas en mediana escala

Quito (Pichincha), 10 de junio de 2025.- La Fiscalía General del Estado demostró la responsabilidad de Leonel José C. M. en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, en mediana escala.

El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa lo sentenció a la pena máxima agravada de nueve años y cuatro meses de privación de la libertad.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscal especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional explicó que el procesado fue aprehendido en delito flagrante el 21 de agosto de 2024, cerca de la pista de bicicletas del parque La Carolina.

Ese día, la Policía encontró en su poder 72,28 gramos de marihuana, distribuidos en fundas pequeñas y sobres de papel. Junto a él se encontraba Marco Antonio G., quien también portaba 45,98 gramos de la misma sustancia.

Ambos fueron procesados. Sin embargo, Marco Antonio G. aceptó los hechos que le atribuyó Fiscalía y se acogió a un procedimiento abreviado. Fue sentenciado a veintidós meses de prisión y al pago de una multa equivalente a cuatro salarios básicos unificados.

Leonel José C. M., en cambio, enfrentó un juicio ordinario. En esa etapa, la Fiscal del caso presentó las pruebas que demostraron su participación como autor directo del delito.

Con base en el conjunto probatorio, el Tribunal del caso dictó sentencia condenatoria y aplicó la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que incrementa en un tercio la pena cuando la infracción se comete con la participación de dos o más personas.

Además, el sentenciado deberá pagar una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (en mediana escala) está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b del COIP. (FGE)