Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 11 de junio de 2025.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso sentenció a Wilson G. a veintidós años de pena privativa de libertad por su autoría directa en el delito de violación perpetrado contra su hija. La víctima tenía 12 años cuando ocurrió el hecho, en 2016.
La sentencia también contempla una multa de 600 salarios básicos unificados y el pago de 3.000 dólares como reparación integral a la víctima.
La adolescente estaba al cuidado de su padre, Wilson G., con quien residía en un inmueble ubicado en Santo Domingo. Bajo amenazas y con uso de la fuerza, el ahora sentenciado cometió agresiones sexuales en su contra de forma reiterada.
En agosto de 2017, la víctima relató lo sucedido a una docente de la institución educativa a la que asistía. Tras una evaluación psicológica, se evidenció que era víctima de violencia sexual, por lo que las autoridades del plantel presentaron la denuncia ante Fiscalía.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso expuso varias pruebas como el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de docentes, la pericia médico-legal ginecológica, el informe técnico pericial de reconocimiento del lugar de los hechos y el informe de la visita psicosocial llevada a cabo por la Junta Cantonal, entre otras.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171, numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años cuando la víctima sea menor de catorce años. (FGE)
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