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Fiscalía procesa a presunto integrante del GDO ‘Los Lobos’ por tráfico de drogas

Quito (Pichincha), 12 de junio de 2025.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Segundo Reinaldo B., alias “Tío John”, por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, a gran escala. El procesado –a quien se vincula con el grupo delictivo “Los Lobos”– cumple prisión preventiva mientras avanza la instrucción fiscal.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal de turno explicó –con base en el parte policial– las circunstancias en las que fue aprehendido.

La tarde del 10 de junio de 2025, la Policía recibió información sobre las actividades de Segundo Reinaldo B., conocido como alias “Tío John”. Fuentes reservadas aseguraron que extorsionaba a los propietarios de negocios aledaños al mercado de Calderón y que, incluso, les exigía usar sus locales como fachada para la venta de droga.

Con la descripción física proporcionada, los agentes identificaron al sospechoso en los alrededores del mercado. Durante el registro, le encontraron 163 gramos de marihuana en los bolsillos.

Ante su inminente aprehensión, Segundo Reinaldo B. habría ofrecido colaborar con la Policía. Según el informe policial, afirmó conocer la ubicación de una bodega donde se almacenaban sustancias ilícitas y condujo a los uniformados hasta el lugar. Además, reconoció ser integrante del Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) “Los Lobos”.

La vivienda señalada también se encontraba en la parroquia de Calderón. El propietario del inmueble autorizó el ingreso y confirmó que alias “Tío John” había alquilado la residencia días antes.

En el lugar se encontraron 173 kilos con 409 gramos de marihuana, distribuidos en 175 paquetes, lo que motivó el inicio de una instrucción fiscal –de treinta días– por el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, a gran escala.

Información jurídica

El delito imputado está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (FGE)