Riobamba (Chimborazo), 13 de junio de 2025.- Luego de que Fiscalía presentara los suficientes elementos de convicción, el Juez de Garantías Penales de Chimborazo, a cargo de la audiencia, dictó prisión preventiva para Juvengk José M. M., quien sería integrante del Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) “Los Lobos”, por su presunta participación en una tentativa de homicidio.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, desarrollada el 11 de junio, el Fiscal del caso presentó como elementos de convicción: el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la pericia médico-legal practicada a la víctima por heridas de armas de fuego, el informe investigativo, las versiones de testigos y la denuncia presentada por los familiares del herido.
La Policía Nacional ejecutó un operativo el martes 10 de junio en el barrio 24 de Mayo, en Riobamba, luego de haber conocido sobre un presunto delito de tentativa de homicidio. La alerta fue emitida mediante una llamada al ECU 9-1-1, que reportaba la presencia de un hombre herido por arma de fuego en el Hospital General Docente. Según los primeros indicios, el hecho se produjo mientras la víctima compartía con un grupo de personas, entre ellas Juvengk José M. M., quien habría disparado contra él antes de huir del lugar.
Con base en los testimonios y labores investigativas, los uniformados ubicaron al presunto autor del hecho, quien se escondía en un domicilio. Al tratarse de un delito flagrante, ingresaron al inmueble y aprehendieron al sospechoso.
En el lugar se incautaron dos teléfonos celulares y prendas de vestir, presuntamente utilizadas durante el hecho.
El detenido fue trasladado a una unidad policial y puesto a órdenes de las autoridades judiciales.
Al finalizar la diligencia, el Magistrado dispuso el traslado del procesado al Centro de Privación de Libertad de Riobamba y otorgó un plazo de treinta días para el cierre de la instrucción fiscal.
Información jurídica
El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de diez a trece años. En este caso, al no haberse consumado el delito, se lo procesa en grado de tentativa, conforme al artículo 39 del mismo cuerpo legal. (FGE)
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