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Fiscalía obtiene la ratificación de la sentencia contra un exagente fiscal por fraude procesal

Napo (Tena), 19 de junio de 2025.- Luego de la valoración de la fundamentación expuesta por Fiscalía, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Napo –por decisión unánime– ratificó la sentencia condenatoria contra Santiago G. (agente fiscal a la fecha de los hechos), quien deberá cumplir un año de prisión por el delito de fraude procesal, cometido mientras investigaba un caso de tráfico de drogas, el 30 de diciembre de 2020.

Además, se confirmó el pago de una multa equivalente a cuatro salarios básicos unificados y la suspensión de sus derechos de ciudadanía durante el tiempo de la pena.

En la audiencia de apelación, la defensa del sentenciado argumentó que la conducta de Santiago G. no se enmarcó en el tipo penal imputado por Fiscalía y que su actuación habría carecido de dolo, es decir, de la intención deliberada de causar daño o perjuicio. También señaló que, en noviembre de 2022, su defendido fue destituido por una sanción disciplinaria relacionada con su gestión como agente fiscal.

Ante estos argumentos, la Fiscal de la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción refutó que, con las pruebas presentadas en el juicio, se demostró que Santiago G. ocultó un informe de cotejamiento y enlace telefónico elaborado por un agente policial, el cual habría permitido vincular a una persona en la investigación.

Entre las pruebas más relevantes presentadas durante el juicio constan: el testimonio de agentes investigadores y testigos particulares, el informe de enlaces telefónicos, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y otras pruebas documentales.

Finalmente, acogiendo el pedido de la Fiscal del caso, los jueces que conocieron el recurso rechazaron la apelación presentada por la defensa y ratificaron la sentencia emitida por el Tribunal de primera instancia el 10 de diciembre de 2024.

Información jurídica

El delito de fraude procesal está tipificado en el artículo 272 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años a quien, estando obligado por razón de su profesión o cargo, oculte o altere la verdad con el propósito de favorecer a alguien. (FGE)