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Procesado por asesinato es llamado a juicio como autor directo del delito

La Maná (Cotopaxi), 23 de junio de 2025.- Luego de haber valorado los elementos de convicción recabados por Fiscalía, la Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente a cargo de la causa dictó auto de llamamiento a juicio contra Rubén O., como presunto autor directo del asesinato de un abogado, ocurrido el 13 de julio de 2022.

El Fiscal del caso indicó que, el día de los hechos, la víctima se encontraba laborando en su oficina jurídica, ubicada en las calles Amazonas y Simón Bolívar del cantón La Maná. Allí, el hombre habría sido atacado por dos sujetos que ingresaron al lugar y, utilizando cinta adhesiva, lo habrían maniatado y cubierto la boca para evitar que pidiera auxilio.

Con un arma blanca, le causaron cinco heridas en la región torácica, las cuales le provocaron la muerte. Según la investigación, antes de cometer el crimen, los victimarios merodeaban los alrededores de la oficina en un taxi.

Tras cometer el hecho, huyeron del lugar en el mismo vehículo. Dos años después, Rubén O. fue detenido en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, Fiscalía sustentó su acusación con los siguientes elementos de convicción: las versiones de los policías que hicieron la inspección ocular técnica y el reconocimiento del lugar de los hechos; la autopsia médico-legal, que determinó que la causa de la muerte fue traumatismo torácico ocasionado por un objeto punzocortante; y el informe técnico pericial de los videos captados por las cámaras de seguridad de los locales cercanos, en los que se evidenció la presencia del taxi en el que se movilizaban los presuntos agresores.

También constan la pericia de identidad humana del procesado, los informes de la reconstrucción de los hechos y de reconocimiento de evidencias, así como las pericias practicadas a los teléfonos celulares de la víctima y de Rubén O.

Al concluir la audiencia, la Magistrada ratificó la prisión preventiva contra el procesado y dispuso la prohibición de enajenar bienes y la retención de sus cuentas bancarias, por un monto de 10.000 dólares.

Información jurídica

El delito de asesinato está tipificado y sancionado en el artículo 140, numerales 2, 6, 7 y 8 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)