Quito (Pichincha), 30 de junio de 2025.- El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia, acogiendo la carga probatoria presentada por la Fiscalía General del Estado, declaró culpables al exvicepresidente Jorge David G. E. y a Carlos Andrés B. A. como coautores del delito de peculado, y los sentenció a 13 años de pena privativa de libertad.
El Tribunal determinó que, aunque no firmaron documentos, ambos coadyuvaron a la ejecución de la infracción.
Además de la pena privativa de libertad, el fallo incluye una multa proporcional de sesenta salarios básicos unificados y una reparación integral de 250 millones de dólares por daños materiales e inmateriales.
Como parte de la reparación inmaterial, los sentenciados deberán ofrecer disculpas públicas ante el Juez de ejecución y a la ciudadanía mediante un video de difusión pública que incluirá la frase: “La corrupción no es solo un delito, es una traición a la confianza del pueblo”.
Durante la audiencia de juicio, que duró cinco días, el fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, presentó veinte testimonios y veinticinco pruebas documentales que demostraron que Jorge David G. E., exvicepresidente de la República, y Carlos Andrés B. A., exsecretario técnico del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva, abusaron de fondos públicos provenientes de la Ley Orgánica de Solidaridad, destinados exclusivamente a la reconstrucción tras el terremoto del 16 de abril de 2016.
Fiscalía demostró que no se atendieron los requerimientos urgentes de los afectados y, en cambio, se usaron los fondos en obras no contempladas para ese fin, como el Parque Las Vegas y el proyecto “Tramo Acceso al Puerto de Manta-Redondel del Imperio Colisa”. A partir de estos hallazgos, se investigaron nueve proyectos adicionales financiados con recursos de la Ley de Solidaridad, cuyo uso debía ser específico para atender las consecuencias del desastre.
En la lectura de la sentencia, el Tribunal concluyó que hubo aprobación de proyectos no prioritarios con pleno conocimiento de los procesados. Carlos Andrés B. siguió órdenes de Jorge David G., participando activamente en la designación y ejecución de recursos que se destinaron a la familia de Carlos Andrés B.
Los hechos probados incluyen la existencia de la Ley de Solidaridad, la creación del Comité de Reconstrucción, la construcción de cuatro obras con desperdicio de fondos y en zonas de riesgo, la suscripción de actas sin conocimiento de los demás miembros, obras sin estudios previos, construcciones al margen de la Ley de Contratación Pública y la priorización de once proyectos con despilfarro, denominados como “elefantes blancos” y “Ferraris sin llantas”, según la pericia de un experto en riesgos.
La Jueza ponente señaló además que se ejecutaron comportamientos ilícitos, destacando la existencia de la empresa Concrenor, cuyos propietarios son familiares de Carlos Andrés B. Se comprobó el incumplimiento de presupuestos de ley, el abuso de potestad estatal y la arrogación de funciones, causando un perjuicio al Estado por 225.395.910,92 dólares.
En uno de sus alegatos, el fiscal Wilson Toainga enfatizó:
“Es preciso que la administración de justicia genere un precedente para que en el futuro ningún servidor público, abusando de recursos públicos y aprovechándose de una emergencia nacional, construya elefantes blancos destinados a beneficiar a unos pocos, ignorando las verdaderas necesidades de quienes ‒hasta hoy‒ no encuentran una respuesta a la tragedia de ese 16 de abril de 2016”.
Información jurídica
El delito de peculado está tipificado en el artículo 278, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona esta conducta con una pena de trece años de prisión. (FGE)
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