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Caso Pico y Plata: Fiscalía obtiene primera sentencia por asociación ilícita contra un agente de tránsito

Quito (Pichincha), 08 de julio de 2025.- Con un ofrecimiento de disculpas públicas y la disposición judicial de retransmitirlo por un medio de comunicación radial a la ciudad de Quito, concluyó la audiencia de procedimiento abreviado, en la que el agente metropolitano Víctor Hugo V. F. fue sentenciado a un año de privación de su libertad por asociación ilícita.

El sentenciado aceptó su responsabilidad al confirmar que formó parte de una red de corrupción integrada por agentes metropolitanos de tránsito, conforme a la acusación de la Fiscalía de la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, sustentada en los elementos de convicción obtenidos durante la investigación.

Las disculpas también fueron dirigidas a la Agencia Metropolitana de Transito y recibidas por su representante, presente en la diligencia. El Juez Anticorrupción ordenó, además, el pago de una multa de dos salarios básicos unificados para la administración de justicia.

El caso, denominado por Fiscalía como “Pico y Plata”, involucra a once funcionarios que, presuntamente, exigían dinero a conductores para no reportar el incumplimiento de la medida “pico y placa” y otras infracciones de tránsito en el Distrito Metropolitano de Quito.

En la audiencia, el Fiscal presentó los informes de seguimientos y vigilancias, sinopsis de interceptaciones telefónicas, el informe de relacionamiento telefónico, la extracción de la información de los celulares y computadores incautados durante catorce allanamientos ejecutados el 18 de octubre de 2024 y denuncias ciudadanas.

Queda pendiente la resolución de la situación jurídica de otros diez procesados. La Judicatura que conoce la causa deberá fijar la fecha y hora para la audiencia preparatoria de juicio.

La Fiscalía General del Estado hace un llamado a la ciudadanía a continuar denunciando este tipo de delitos cometidos por funcionarios públicos.

Información jurídica

El artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con prisión de tres a cinco años a quienes se asocien para cometer delitos con penas menores a cinco años. En este caso, al acogerse a procedimiento abreviado, la pena se redujo en un tercio, según el artículo 635 del COIP. (FGE)