RADIO COLOSAL

1040 AM HD

Caso Reconstrucción de Manabí: 5 procesados son llamados a juicio por presunto peculado

Quito (Pichincha), 11 de julio de 2025.- El Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia acogió parcialmente los fundamentos jurídicos presentados por la Fiscalía General del Estado y emitió auto de llamamiento a juicio contra cinco procesados por su presunta participación en el delito de peculado. Además, manifestaron su desacuerdo con la decisión del Juez de instrucción fiscal.

Los procesados llamados a juicio son: Walter Hipólito S. V., José Nicanor B. Q., Omar Wilfrido Ch. R., Boris Sebastián C. G. y Pablo Ernesto O. H. El Tribunal también resolvió ratificar el estado de inocencia de Víctor Salvador J. V. y Milton Daniel M. E.

Según la investigación, los cinco procesados ‒exfuncionarios públicos‒ habrían favorecido la adjudicación irregular de contratos para proyectos no prioritarios, utilizando como justificación la emergencia nacional generada tras el terremoto del 16 de abril de 2016. La obras fueron adjudicadas bajo régimen especial a empresas externas que no contaban con experiencia, ni capacidad técnica ni financiera.

Durante la audiencia de apelación, Fiscalía fundamentó que los procesados sí habrían participado en el uso indebido de recursos públicos, a través de un esquema fraudulento que permitió pagos sin garantías reales, incumpliendo las normas de contratación pública y afectando directamente a la población manabita.

En el marco de este caso, el pasado 30 de junio, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia dictó sentencia condenatoria contra Jorge David G. E. (exvicepresidente de la República) y Carlos Andrés B. A. (exsecretario técnico del Comité de Reconstrucción). Ambos fueron declarados culpables como coautores de peculado y sentenciados a trece años de prisión, además del pago de una multa de sesenta salarios básicos unificados y una reparación integral de 250 millones de dólares.

Se esperará oportunamente la fecha y hora para la audiencia de juicio contra los cinco procesados restantes.

Información jurídica

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona a los servidores públicos o a quienes ejerzan funciones estatales y dispongan indebidamente de fondos o bienes públicos. La pena prevista es de diez a trece años de prisión, además de sanciones pecuniarias y civiles por el daño ocasionado al Estado. (FGE)