Quito (Pichincha), 14 de julio de 2025.- El Tribunal de Garantías Penales acogió las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado y sentenció a Edgar J., Ángel J. y Diego Iván J. a diez años de prisión, tras haberse demostrado que actuaron como autores directos del delito de lavado de activos al conformar un grupo estructurado que lavó más de 6,1 millones de dólares entre 2016 y 2024, mediante operaciones financieras simuladas y el uso indebido del Sistema Financiero Nacional.
A los sentenciados se les impuso, además, el pago de una multa equivalente al triple del monto de dinero lavado y el comiso de bienes muebles e inmuebles adquiridos con fondos ilícitos.
En el caso de la persona jurídica Edgar F. Jácome & Representaciones Cía. Ltda. (Megagiros), el Tribunal dispuso su disolución y liquidación definitiva, el pago de una multa similar y el comiso de todos sus activos y bienes, incluidos vehículos y capital ingresado, al determinar que fue utilizada para blanquear más de 1,9 millones de dólares.
Durante catorce días de audiencia, la Fiscal de la Unidad Antilavado de Activos N.° 2 presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales que evidenciaron cómo el grupo utilizó las empresas Megagiros Cía. Ltda. y Cambioscorp S. A. para ingresar, estratificar y convertir fondos de origen ilícito, procedentes de personas sin perfil económico.
Uno de los sentenciados, Diego Iván J., exalto funcionario de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), aprovechó su cargo para acceder a información reservada, manipular alertas internas, asesorar operaciones de ocultamiento de fondos y facilitar la destrucción de evidencia clave. Su rol fue calificado como especialmente grave, al haber vulnerado los principios de confianza pública y seguridad financiera.
Fiscalía presentó el testimonio de sesenta y siete personas, así como informes periciales y 119 pruebas documentales, incluidos documentos bancarios, reportes de operaciones inusuales, interceptaciones telefónicas y registros de movimientos financieros. Parte de las operaciones se llevaron a cabo bajo la apariencia de subagentes de remesadoras, sin autorización legal ni respaldo contable ante el SRI.
Estas pruebas demostraron que:
- Edgar J. T.: lavó más de 1,1 millones de dólares utilizando Megagiros para colocar activos ilícitos.
- Ángel J. T.: lavó más de 2 millones de dólares a través de Cambioscorp S. A. y diversas cuentas bancarias personales y jurídicas.
- Diego Iván J. T.: filtró información reservada, asesoró al grupo y facilitó la destrucción de evidencia.
Por otra parte, el Tribunal declaró la inocencia de Roberto Z., Marcial J. y Fabiola T., procesados como cómplices. Fiscalía anunció que presentará el recurso de apelación respectivo, al considerar que existen pruebas suficientes sobre su participación en actividades como el cobro de cheques, facturación simulada y administración contable de empresas utilizadas para el blanqueo de dinero.
Información jurídica
El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diez a trece años. (FGE)
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