Lago Agrio (Sucumbíos), 21 de julio de 2025.- Edison Gabriel G. fue sentenciado a siete años de privación de la libertad.
La Fiscalía General del Estado lo acusó como el autor directo del delito de violación –en el grado de tentativa–, cometido en una joven de veintidós años de edad la noche del 31 de agosto de 2024.
En la audiencia de juicio, la Fiscal de la causa explicó que la víctima, entonces trabajadora de una empresa petrolera, fue agredida sexualmente cuando descansaba en la habitación de un hotel.
Edison Gabriel G. entró al cuarto mientras dormía, se subió a la cama y empezó a tocarla. La joven despertó e pretendió defenderse.
El acusado intentó que los gritos de auxilio no se escuchen tapándole la boca. También la agredió con golpes de puño en la cara. En su desesperación, la víctima aruñó al procesado y, con sus piernas, logró quitárselo de encima para correr a pedir ayuda.
Los gritos de auxilio fueron escuchados por el hermano de la víctima y también por un compañero de trabajo. Ambos se hospedaban en el mismo hotel.
Edison Gabriel G. fue retenido dentro del mismo lugar, mientras la Policía llegaba para oficializar la aprehensión.
Entre las pruebas practicadas por la Fiscal en la audiencia de juicio constan: la reproducción del testimonio anticipado rendido por la víctima, los testimonios del médico-legista que valoró a la víctima tras la agresión; del psicólogo que confirmó daños emocionales; del hermano de la joven; el de su compañero de trabajo, entre otros.
Al Tribunal no le quedó duda sobre la responsabilidad de Edison Gabriel G. y, por unanimidad, resolvió que es responsable de la tentativa de violación. El fallo también incluye el pago de una multa de veinte salarios básicos unificados y una reparación integral de 2.000 dólares a favor de la víctima.
Información jurídica
El procesado fue sentenciado con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal; en relación con el artículo 39 del mismo cuerpo legal, que determina el grado de tentativa. (FGE)
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