Guayaquil (Guayas), 31 de julio de 2025.- Johnson Alberto E. M. fue sentenciado a diez años de prisión por el delito de abuso sexual, luego de que el Tribunal Penal del Guayas que conoció el caso lo declarara culpable de agredir a una adolescente dentro de un bus de transporte público, en el cantón Santa Cruz (Galápagos). Fiscalía demostró su responsabilidad en el delito con las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas durante el juicio.
El hecho ocurrió el 12 de julio de 2024, cuando el ahora sentenciado agredió sexualmente a la víctima mientras se encontraban en una unidad que cubría la ruta Puerto Ayora-Bellavista. La situación fue advertida por varios pasajeros, quienes dieron aviso a la Policía, luego de que el agresor abandonara el vehículo.
Personal motorizado de la Policía Nacional desplegó un operativo que permitió ubicar al sospechoso en las inmediaciones del Parque Artesanal. Fue aprehendido y trasladado a una unidad policial. En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Juez de Garantías Penales que atendió la diligencia ordenó su prisión preventiva, con base en el pedido de Fiscalía.
La víctima fue trasladada a un centro hospitalario para recibir atención médica.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó múltiples pruebas que permitieron demostrar la responsabilidad penal del acusado: informes investigativos de la Policía Judicial, pericias psicológicas y de entorno social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia de la madre de la víctima y el testimonio anticipado de la adolescente.
También rindieron testimonio ocho personas, entre ellas agentes investigadores, peritos médicos y psicológicos, una trabajadora social, la madre de la afectada, entre otros.
El Tribunal acogió en su totalidad los elementos expuestos por Fiscalía y dictó sentencia condenatoria, en calidad de autor directo. Además de la pena privativa de libertad, impuso: una multa de veintiséis salarios básicos unificados y el pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
Ante el pedido de Fiscalía, se dispuso también la atención psicológica y educativa para la adolescente y su familia.
Información jurídica
El caso fue procesado con base en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el abuso sexual con una pena de siete a diez años de prisión. (FGE)
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