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Los dirigentes sindicales no podrán perpetuarse en sus cargos, tras emisión de reglamento del Ministerio de Trabajo

Ivonne Núñez, ministra de Trabajo, emitió un reglamento de organizaciones laborales en el que se establecen límites para el tiempo en el que un dirigente puede estar frente a un sindicato.

El documento, emitido el pasado 25 de julio, indica que los representantes podrán ser reelegidos únicamente por un periodo adicional consecutivo, y para postularse nuevamente, deberán esperar al menos un periodo completo.

Asimismo, el reglamento señala que no se admitirán prórrogas de las directivas de las organizaciones laborales, pues solo ejercerán sus funciones únicamente durante el periodo para el cual fueron elegidas, conforme a lo dispuesto en sus estatutos.

Cada organización establece el tiempo en el que estarán vigentes sus dirigencias. Usualmente deben hacer elecciones cada cuatro años, 90 días antes que termine el periodo en curso.

El reglamento también recalca que, para ser dirigente de un sindicato, será requisito indispensable tener la condición de trabajador activo, bajo relación de dependencia, y estar sujeto al Código del Trabajo.

También se enfatiza que los fondos provenientes de la cuota obligatoria adicional que los trabajadores paguen a las confederaciones serán fiscalizados anualmente por el Ministerio del Trabajo.

Un caso conocido sobre un dirigente sindical que se perpetuó en una dirigencia fue Rosa Argudo, en el IESS de Cuenca, con más de 20 años como representante. En septiembre de 2024 fue despedida. (ECUAVISA)