Quito (Pichincha).- La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) obtuvo una sentencia máxima agravada de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión contra Henry Javier V. S., declarado autor del delito de tráfico de drogas en gran escala.
La sentencia fue emitida el 31 de julio de 2025 por el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa. Además de la pena privativa de libertad, el sentenciado deberá pagar una multa equivalente a 1.000 salarios básicos unificados. El bien jurídico protegido en este caso es la salud pública.
Para alcanzar esta pena máxima agravada, Fiscalía solicitó que se aplique la circunstancia establecida en el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que considera como agravante la participación de dos o más personas en la comisión del delito.
Durante la audiencia de juzgamiento, Fiscalía presentó como prueba el parte policial que detalla lo ocurrido la mañana del 18 de septiembre de 2024: un vehículo que circulaba por el sector del parque La Carolina, en el norte de Quito, fue intervenido por agentes policiales. A la altura de la avenida Shyris, Henry Javier V. S. y Fredy Osvaldo U. H. evadieron el control e intentaron escapar, pero fueron aprehendidos.
El vehículo fue trasladado a la Jefatura Antinarcóticos, donde, tras una inspección, se encontraron quince cajas de cerveza en el cajón del auto. En su interior había 199 paquetes etiquetados con las letras «NY», cuyo contenido dio positivo para cocaína.
Fiscalía también presentó otras pruebas: testimonios de los agentes aprehensores, las actas de peritaje, el resultado de la pericia química, entre otros.
En el momento procesal oportuno, ambos imputados fueron llamados a juicio. Sin embargo, Fredy Osvaldo U. H., de nacionalidad colombiana, fue excarcelado mediante una boleta basada en la “resolución administrativa de deportación en el conflicto armado interno, emitida por el órgano competente en materia migratoria”, según consta en la resolución del Tribunal.
Finalmente, una muestra de la cocaína incautada fue remitida a Estados Unidos por pedido de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés).
Información jurídica
El acta de pesaje determinó que la droga incautada pesaba 199.618,40 gramos. Por la cantidad, el delito se encuadra como tráfico de drogas a gran escala, según el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena va de veintidós a veintiséis años de prisión.
El Tribunal aplicó una agravante al considerar que el delito fue cometido por al menos dos personas, aunque una de ellas no haya sido juzgada en este proceso. (FGE)
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