Sucre (Manabí), 5 de agosto de 2025.- El Tribunal de Garantías Penales del cantón Sucre, que conoció la causa, declaró culpables a Gabriel V. y Víctor V. por el delito de abuso sexual cometido contra una adolescente con discapacidad. La decisión fue adoptada luego de haber analizado las pruebas y los argumentos expuestos por la Fiscalía General del Estado durante la audiencia de juicio. Ambos deberán cumplir una pena de trece años y cuatro meses de privación de libertad.
El Fiscal del caso explicó que el hecho ocurrió el 2 de noviembre de 2024, en la parroquia Charapotó, del cantón Sucre (Bahía de Caráquez). La víctima, de 12 años y con un 68 % de discapacidad intelectual, fue engañada por los procesados –quienes eran sus vecinos– con la oferta de regalarle ropa. Una vez en el domicilio de los agresores, y mientras la cambiaban de ropa, cometieron el delito.
Al día siguiente, la víctima relató lo ocurrido a un familiar, y se presentó la denuncia ante Fiscalía.
Actuando en flagrancia, Fiscalía solicitó la intervención de la Policía Nacional, que aprehendió a los sospechosos en menos de 24 horas. Se practicaron las primeras diligencias y se formularon cargos por el presunto delito de abuso sexual.
Durante la audiencia de juicio, el Fiscal a cargo presentó varios elementos de prueba, entre ellos: los testimonios de los peritos que practicaron las valoraciones psicológica y médico-legal, cuyos informes coincidieron con el testimonio anticipado de la víctima.
También se expusieron los testimonios del abuelo, la tía y los padres de la adolescente, el informe de trabajo social y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.
Con base en esta información, el Tribunal llegó al convencimiento de la existencia del delito y de la responsabilidad de los procesados. Al comprobarse circunstancias agravantes, la pena fue incrementada en un tercio.
Información jurídica
El abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Se sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años, cuando la víctima es menor de 14 años. En este caso, se aplicaron las agravantes correspondientes. (FGE)
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