๐๐ฆ๐๐๐ญ๐จ (๐๐ฎ๐ง๐ ๐ฎ๐ซ๐๐ก๐ฎ๐).- Rubรฉn Darรญo A. R. fue sentenciado a 10 aรฑos de privaciรณn de libertad, tras ser declarado culpable โen calidad de autor directoโ del homicidio de un hombre con quien consumรญa bebidas alcohรณlicas el dรญa del crimen.
La Fiscalรญa General del Estado demostrรณ ante el Tribunal de Garantรญas Penales de Tungurahua, que conociรณ la causa, la responsabilidad del ahora sentenciado en los hechos ocurridos el 2 de febrero de 2025, en el centro de Ambato.
Segรบn la investigaciรณn, ese dรญa โdesde tempranas horasโ, Rubรฉn Darรญo A. R. y la vรญctima libaban en la vรญa pรบblica. Cerca de las 14:40, ambos acudieron a una tienda para comprar mรกs licor. Luego, se dirigieron a unas canchas cercanas, donde continuaron bebiendo.
En la audiencia de juicio, la Fiscal a cargo del caso expuso que, en ese contexto, se produjo una discusiรณn que escalรณ hasta terminar en un ataque mortal. El altercado se habrรญa desencadenado por la falta de licor y la presencia de un tercer individuo, identificado como alias โPinochoโ.
La vรญctima fue encontrada sin vida, tendida sobre una acera entre las calles Imbabura y Leรณn Cevallos. Una herida punzocortante en el tรณrax โque le causรณ una laceraciรณn pulmonarโ fue la causa de su muerte, segรบn determinรณ la autopsia mรฉdico-legal.
Aunque Rubรฉn Darรญo A. R. intentรณ desviar la responsabilidad hacia alias โPinochoโ, Fiscalรญa demostrรณ que esas aseveraciones carecรญan de sustento. Los testimonios de vecinos, familiares, asรญ como los indicios materiales levantados en la escena, lo ubicaron como el รบnico acompaรฑante de la vรญctima en el momento del crimen. Ademรกs, se identificaron mรบltiples contradicciones en sus declaraciones iniciales.
Entre las pruebas presentadas por Fiscalรญa constaron: mรกculas de sangre encontradas en la ropa del procesado, cuyo perfil genรฉtico coincidรญa con el de la vรญctima, segรบn una pericia forense; un anรกlisis que revelรณ la presencia del mismo perfil en el zapato derecho del ahora sentenciado; el testimonio del dueรฑo de la tienda donde ambos adquirieron licor momentos antes del crimen; y los testimonios de otros testigos que lo vincularon directamente con los hechos.
El Tribunal acogiรณ los elementos expuestos por Fiscalรญa y dictรณ sentencia condenatoria. Ademรกs, impuso una multa de cuarenta salarios bรกsicos unificados y ordenรณ el pago de 20.000 dรณlares como reparaciรณn integral a favor de los familiares de la vรญctima.
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Este caso se procesa segรบn lo dispuesto en el artรญculo 144 del Cรณdigo Orgรกnico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de homicidio.
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