RADIO COLOSAL

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๐๐š๐ฅ๐š๐ง๐๐š (๐™๐š๐ฆ๐จ๐ซ๐š ๐‚๐ก๐ข๐ง๐œ๐ก๐ข๐ฉ๐ž).- Wilson D. P. cumple una orden de prisiรณn preventiva mientras es investigado por el presunto delito de violaciรณn cometido contra una adolescente de 15 aรฑos. La causa se encuentra en la etapa de instrucciรณn fiscal, con un plazo de treinta dรญas desde el 1 de agosto de 2025, fecha en la que se desarrollรณ la audiencia de calificaciรณn de flagrancia y formulaciรณn de cargos.

Durante esta diligencia, la Fiscal del caso expuso ante el Juez las circunstancias en las que habrรญan ocurrido los hechos. Segรบn su relato, el 30 de julio de 2025, la vรญctima acudiรณ al domicilio de Wilson D. P., donde tenรญa un consultorio de medicina ancestral. La joven solicitรณ una limpia, momento que el sospechoso habrรญa aprovechado para agredirla sexualmente.

Fiscalรญa conociรณ el caso tras una denuncia presentada por el hermano mayor de la vรญctima. Inmediatamente se dispuso la prรกctica de varias diligencias, entre ellas: una valoraciรณn mรฉdico-legal, una pericia de entorno social y una de reconocimiento del lugar de los hechos.

Asimismo, se gestionรณ la recepciรณn del testimonio anticipado de la vรญctima, el cual fue rendido en cรกmara de Gesell. En esta diligencia, la joven narrรณ cรณmo el procesado la habrรญa agredido sexualmente.

Estos elementos de convicciรณn fueron expuestos durante la audiencia y sirvieron para formular cargos contra Wilson D. P., en calidad de presunto autor directo del delito.

Ademรกs, Fiscalรญa solicitรณ medidas de protecciรณn a favor de la vรญctima, conforme a lo establecido en el artรญculo 558, numerales 2, 3 y 4 del Cรณdigo Orgรกnico Integral Penal (COIP). El Juez acogiรณ el pedido y dispuso la prohibiciรณn de acercamiento del procesado hacia la vรญctima, la prohibiciรณn de ejecutar actos de intimidaciรณn contra ella o su entorno familiar, y la emisiรณn de una boleta de auxilio.

โš–๏ธ ๐ˆ๐ง๐Ÿ๐จ๐ซ๐ฆ๐š๐œ๐ข๐จฬ๐ง ๐ฃ๐ฎ๐ซ๐ขฬ๐๐ข๐œ๐š

Wilson D. P. es procesado por el delito de violaciรณn, tipificado en el artรญculo 171, numeral 2, del COIP. (FGE)