Quito (Pichincha), 12 de agosto de 2025.- Jorge Luis C. Á., de 21 años al momento de los hechos, deberá cumplir la pena máxima agravada de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de la libertad como autor del delito de asesinato, y cancelar 10.000 dólares como reparación a la acusación particular.
Basados en la argumentación legal de Fiscalía, los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha rechazaron el recurso de apelación y ratificaron la sentencia condenatoria de primer instancia.
Fiscalía explicó a la Sala Penal que las pruebas presentadas durante el juicio fueron contundentes para demostrar la culpabilidad del procesado en el asesinato de la víctima, un peluquero de 61 años.
Este crimen sucedió la noche del 14 de julio de 2021, en el domicilio del hombre, ubicado en el sur de Quito.
Luego de cometer el delito, el ahora sentenciado y, presuntamente, Klaiver Ariel V. M. –cuyo juicio está suspendido, pues se encuentra prófugo– habrían sustraído dinero de una caja fuerte, ropa de marca y el teléfono celular de la víctima.
Dos días después, una arrendataria de la víctima, al notar que la peluquería permanecía cerrada, avisó a la familia. El hermano acudió con un cerrajero y le pidió abrir una de las ventanas. Al ingresar, encontró el cuerpo de la víctima en el baño.
En su testimonio, la inquilina señaló que, dos días antes, Jorge Luis C. Á. y Klaiver Ariel V. M., conocidos como “los Guayacos”, estaban en la casa de la víctima. Ella había llegado a dejarle la cena, y Jorge Luis le abrió la puerta, indicándole que él había salido a cobrar unos arriendos.
Esa noche, ambos implicados se retiraron del lugar. El análisis telefónico determinó que el número de Klaiver Ariel V. M. registró actividad en la terminal terrestre y, posteriormente, en el sur del país.
En cuanto al sentenciado, dos días después del crimen, activó el teléfono celular de la víctima con su propio número en el Empalme. El análisis también reveló que, el día del hecho, hubo numerosas llamas entrantes y salientes entre ambos procesados.
De acuerdo con la autopsia médico-legal, la víctima murió a causa de golpes y de veintiún puñaladas, informó el Fiscal del caso a la Sala Penal.
Información jurídica
El procesado fue sentenciado como autor directo del delito de asesinato, tipificado en el artículo 140, numeral 6, con la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)
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