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𝐌𝐚́𝐱𝐢𝐦𝐚 𝐬𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐞𝐥 𝐝𝐞𝐥𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐯𝐢𝐨𝐥𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚𝐝𝐚

𝐄𝐬𝐦𝐞𝐫𝐚𝐥𝐝𝐚𝐬 (𝐄𝐬𝐦𝐞𝐫𝐚𝐥𝐝𝐚𝐬).- A veintinueve años y cuatro meses de prisión fue sentenciado Milton Leonel A. O., luego de haber demostrado su responsabilidad en el delito de violación perpetrado contra su hija adolescente. En su fallo, el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso acogió las agravantes planteadas por la Fiscal a cargo de esta causa.

Fiscalía demostró con pruebas testimoniales, periciales y documentales que la víctima fue agredida sexualmente por su padre desde que tenía 7 años, en la comunidad de Galera, cantón Muisne. La adolescente residía en la misma vivienda con el ahora sentenciado y su madrastra.

El hombre aprovechaba los momentos en que se encontraba solo con ella para cometer el delito. Con el tiempo, la víctima dejó de asistir a clases y se le restringió todo contacto con el exterior.

Moradores del sector alertaron a la Policía Nacional. A través de la Dinapen se constató que la adolescente no asistía a ninguna institución educativa y permanecía retenida en la vivienda. Durante la valoración médica se determinó que tenía veinticuatro semanas de embarazo. En su testimonio, la víctima señaló a su padre como el responsable y relató que la había ultrajado sexualmente incluso la noche anterior al hallazgo.

Con estos elementos, Fiscalía procesó a Milton Leonel A. O. el 24 de octubre de 2016 y posteriormente lo llevó a juicio.

Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscal a cargo presentó el informe investigativo, el examen biológico-forense y el informe médico, además del informe social preliminar y de seguimiento de Aldeas Infantiles, institución que acogió a la agraviada tras la intervención de las autoridades. También se incorporaron el acta de entorno social, el informe pericial de psicología forense y el testimonio anticipado de la víctima.

Finalmente, el Tribunal condenó a Milton Leonel A. O. por el delito de violación agravada. La sentencia incluye además una multa de sesenta y seis salarios básicos unificados, el pago de 60.000 dólares por reparación integral y la disposición de asistencia psicológica para la adolescente, a cargo del Ministerio de Salud Pública.

⚖️ 𝐈𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚

Fiscalía procesó este caso conforme al inciso 1 del artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con las circunstancias agravantes previstas en los numerales 4, 5 y 9 del artículo 48 del mismo cuerpo legal. (FGE)