Riobamba (Chimborazo), 22 de agosto de 2025.- En la audiencia de formulación de cargos, efectuada la tarde del miércoles 20 de agosto, el Juez de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó orden de prisión preventiva para Jeniffer Nidia B. H., Diego Francisco S. A., Luis David A. C. y William Fernando M. R., por su presunta participación en el delito de robo con violencia de un vehículo.
La Institución conoció del hecho tras la denuncia presentada por la víctima, quien señaló que, la madrugada de 18 de agosto, mientras se encontraba estacionado en las afueras de un local comercial de venta de accesorios para celulares, en el norte de la ciudad, una mujer se acercó y le ofreció una botella de cerveza. Luego de invitarla a subir al vehículo, varios hombres habrían ingresado también a la fuerza.
Al agraviado lo maniataron y golpearon hasta que perdió el conocimiento. Minutos más tarde lo abandonaron en una quebrada y se llevaron el vehículo. La víctima, al recobrar la conciencia, logró desamarrarse y avisar a la Policía.
Con base en los testimonios y labores investigativas, el 19 de agosto los uniformados ubicaron a los presuntos implicados. William Fernando M. R. fue aprehendido mientras se movilizaba a bordo de un automotor en las calles Primera Constituyente y Joaquín Chiriboga, en el centro de Riobamba.
Al tratarse de un delito flagrante, los agentes ingresaron de manera simultánea a los domicilios de Luis David A. C., Jeniffer Nidia B. H. y Diego Francisco S. A., donde recuperaron el automotor. Además, se incautaron dos motocicletas que presentaban inconsistencia el sistema de identificación vehicular, teléfonos celulares y documentos personales del afectado.
El Fiscal del caso presentó como elementos de convicción las versiones de la víctima y de los agentes de Policía que tomaron procedimiento, el informe de reconocimiento y avalúo del vehículo, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, y las valoraciones médico-legales practicadas a la víctima.
La instrucción fiscal durará treinta días.
Información jurídica
Este caso se procesa con base en el artículo 189, inciso 2, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se sanciona con privación de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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