Cuenca (Azuay), 23 de septiembre de 2025.- Moisés Samuel G. aceptó su responsabilidad en el robo a un local comercial y fue sentenciado –mediante procedimiento abreviado– a cuarenta meses de privación de libertad.
Los hechos investigados por Fiscalía ocurrieron el 26 de julio de 2025. Un adolescente de 15 años atendía la tienda de abarrotes de sus padres cuando un hombre llegó y le exigió que le mostrara dónde estaba el dinero. El implicado empujó los mostradores, amenazó a la víctima insinuando tener un arma de fuego oculta en una mochila e ingresó al área donde estaba la caja.
Enseguida el asaltante le arrebató el celular a la víctima y guardó todo el dinero de la caja en la mochila.
Estos hechos fueron observados por un primo de 9 años de la víctima, quien corrió a contarle a otro familiar. Entre él y varios vecinos aprehendieron al implicado y llamaron al ECU 9-1-1.
Antes de que llegaran los agentes, Moisés Samuel G. devolvió el celular a la madre del adolescente. Dentro de la mochila, los policías incautaron el dinero sustraído.
En la audiencia de procedimiento abreviado, la Fiscal del caso presentó los elementos de convicción recopilados durante las etapas investigativas: versiones de la víctima, de sus familiares y del agente aprehensor, así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de las evidencias, entre otros.
Información jurídica
El delito de robo es sancionado en el artículo 189, incisos 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con pena privativa de libertad de cinco a siete años. El sentenciado solicitó la aplicación del procedimiento abreviado, cuya regla principal es que el procesado admita el hecho atribuido por Fiscalía. A cambio, puede beneficiarse de una rebaja de hasta un tercio de la pena mínima prevista para el tipo penal. (FGE)
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