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Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por abuso sexual

Morona (Morona Santiago), 17 de octubre de 2025.- El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la sentencia de cinco años de privación de libertad contra Mario Francisco M. por el delito de abuso sexual. La decisión se adoptó por unanimidad, luego de haber rechazado el recurso de doble conforme interpuesto por la defensa del procesado.

El sentenciado deberá cancelar 2.000 dólares a la víctima, destinados a cubrir los gastos de alimentación y traslado a un centro de salud pública, donde recibirá tratamiento psicológico.

En junio de 2021, el Tribunal Penal de Morona Santiago había declarado el estado de inocencia del acusado. Ante esta resolución, Fiscalía apeló la sentencia y, en septiembre del mismo año, la Sala Penal de esa jurisdicción revocó la decisión inicial, declaró la culpabilidad del agresor e impuso la pena correspondiente.

Posteriormente, la defensa de Mario Francisco M. interpuso un recurso de doble conforme, que fue negado por la Corte Nacional de Justicia, con base en los argumentos presentados por Fiscalía.

La investigación

El 13 de agosto de 2020, la madre de la víctima organizó actividades deportivas en la comunidad shuar Yukias, en el cantón Sevilla Don Bosco. Durante el evento, pidió a su hija, de 13 años, que fuera a comprar gaseosas para los jugadores.

Al regresar de la tienda, la adolescente fue sorprendida por Mario Francisco M., quien la sujetó por la espalda y la arrastró hacia unos matorrales, donde le propuso mantener relaciones sexuales. Ante su negativa, la golpeó y la agredió sexualmente.

Al notar la demora de su hija, la madre pidió a otros familiares que la buscaran. Cuando llegaron al lugar, encontraron a la víctima junto al agresor, quien huyó de inmediato.

En su domicilio, la joven contó lo ocurrido a sus padres, quienes denunciaron el hecho. Horas más tarde, agentes de la Policía aprehendieron al implicado.

Fiscalía demostró la responsabilidad del sentenciado con el testimonio anticipado de la víctima; los testimonios de su madre, de los agentes investigadores y de los peritos que realizaron las valoraciones médico-legal y psicológica.

Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que –a la fecha de los hechos– sancionaba con pena privativa de libertad de cinco a siete años, cuando la víctima es menor de 14 años. (FGE)