Morona (Morona Santiago), 15 de abril de 2026.- El adolescente D. E. M. S. fue sentenciado a ocho años de internamiento institucional por haber participado, en calidad de autor, en el asesinato de un hombre de 42 años.
En la audiencia de juicio, el representante de Fiscalía demostró los hechos ocurridos la noche del 22 de enero de 2026, dentro de un inmueble ubicado en la avenida Trece de Abril, en el cantón Morona. En la parte exterior se estacionó un taxi que presuntamente era conducido por Ronald Eddy V., mientras que el ahora sentenciado viajaba como acompañante.
El adolescente aprovechó que la puerta de la vivienda estaba entreabierta para ingresar y preguntar por la víctima. Cuando el hombre se levantó y respondió al llamado, D. E. M. S. le disparó varias veces en presencia de su esposa. Enseguida, salió y regresó para propinarle más disparos a la víctima. Tras los hechos, huyó a bordo del taxi con dirección al cantón Sucúa.
La información obtenida de cámaras de seguridad permitió que, horas más tarde, agentes de la Policía localizaran el taxi en el cantón Morona, conducido por Ronald Eddy V., quien fue aprehendido. Posteriormente, se logró la aprehensión del adolescente en un hostal ubicado en Sucúa, donde se encontró una funda con las prendas de vestir que utilizó al momento de cometer el crimen.
Para demostrar la responsabilidad del adolescente, Fiscalía presentó el testimonio del agente de Criminalística que practicó la pericia de audio y video sobre las imágenes de las cámaras de seguridad, en las que se observa al autor del crimen ingresar y salir del inmueble, y posteriormente huir en el taxi.
Sobre esas imágenes se hicieron dos pericias de cotejamiento morfológico y de prendas de vestir. Estas concluyeron que el responsable de los disparos presenta características físicas similares a las del ahora sentenciado y que su vestimenta se asemeja a la incautada en el hostal.
También declaró el médico que hizo la autopsia, quien determinó que la víctima recibió diez impactos de bala.
Segunda investigación
De forma paralela, Fiscalía inició un proceso penal contra Ronald Eddy V., por su presunta participación en el asesinato, en calidad de cómplice. Actualmente el proceso está en etapa de instrucción fiscal.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso conforme al artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de asesinato con penas de veintiséis a treinta años.
En el caso del adolescente, la imputación se efectuó con base en el artículo 385, numeral 3, del Código de la Niñez y Adolescencia (CONA), que establece que, para los delitos sancionados con penas privativas de libertad superiores a diez años, se aplicará la medida de amonestación e internamiento institucional de cuatro a ocho años. (FGE)

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