Sentencia de 4 años de prisión por robo a usuario de transporte público

Riobamba (Chimborazo), 03 de junio de 2026.- Erika Yamilex B. B. y Jefferson Marcelo B. A. fueron sentenciados a cuatro años y seis meses de prisión como autores directos del delito de robo agravado, perpetrado contra un pasajero de un bus de transporte público.

Durante la audiencia de procedimiento abreviado, desarrollada el 2 de junio en la Unidad Judicial Penal de Riobamba, los procesados admitieron su participación en los hechos y accedieron a una reducción de la pena. Además, se les impuso una multa de siete salarios básicos unificados y se fijó como reparación integral a la víctima el pago de 1.500 dólares.

La titular de la Fiscalía Especializada en Patrimonio Ciudadano No. 1 expuso ante el Juez de la causa que, la tarde del 24 de marzo de 2026, la víctima y su primo viajaban en los últimos asientos de un bus de transporte urbano. En el sector de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo, al norte de Riobamba, los implicados se subieron a la unidad de trasporte.

Luego de varios minutos de viaje, el afectado fue abordado por los ahora sentenciados, quienes lo agredieron con un cuchillo en diferentes partes del cuerpo para robarle su teléfono celular. El robo fue presenciado por el conductor del automotor, quien dio avisó a la Policía Nacional. Erika Yamilex B. B. y Jefferson Marcelo B. A. fueron aprehendidos en el lugar. En su poder se encontró el arma blanca utilizada para la comisión del delito.

En la audiencia, Fiscalía acreditó la materialidad del delito y la responsabilidad penal de los procesados con las versiones de agentes policiales y peritos, quienes detallaron el procedimiento de aprehensión, el reconocimiento del lugar de los hechos y el levantamiento de indicios.

Un perito médico-legal confirmó que la víctima presentaba varias heridas cortantes en su cuerpo, provocándole incapacidad de diez días. Además, se incorporó la versión de la víctima, quien reconoció a los agresores.

Información jurídica

El caso fue procesado con base en el artículo 189, incisos 2, numeral 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de robo con pena de cinco a siete años de prisión. Se consideró, además, la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, referente a la participación de dos o más personas. Las reglas del procedimiento abreviado constan en el artículo 635 del mismo cuerpo legal. (FGE)