Quito (Pichincha), 20 de junio de 2024.- José Aníbal S. Q., Javier Alberto L. C. y Jonathan Israel A. J. llegaron al edificio sede del Consejo de la Judicatura (CJ) con la consigna de mantener una reunión con Álvaro Román, presidente de dicha Institución.
El primero vestía un traje formal y llevaba un portafolio. Él habría asegurado ser asesor directo de la ministra del Interior, Mónica Palencia. El segundo dijo ser su edecán y el tercero, el encargado de la seguridad de los anteriores. Según ellos, llevaban un mensaje de la Secretaria de Estado, por un favor personal que, supuestamente, ella requería del Presidente del CJ.
Fiscalía procesa a los tres por su presunta participación en el delito de usurpación y simulación de funciones públicas. Nada de lo que ellos habrían dicho para llegar al alto funcionario del CJ fue cierto.
En la audiencia de calificación de flagrancia, que se desarrolló tras la aprehensión de los involucrados, el Fiscal solicitó la prisión preventiva para José Aníbal S. Q. y Javier Alberto L. C., quienes lograron acceder hasta el piso 14 del CJ. Para Jonathan Israel A. J. pidió la prohibición de salida del país y presentaciones periódicas. A diferencia de los dos primeros, él aguardó en el lobby del edificio.
El Juez que conoció la causa acogió lo solicitado y dictó esas medidas para los procesados.
Funcionarios del Despacho de la presidencia del CJ verificaron si José Aníbal S. Q. y Javier Alberto L. C. eran el asesor y el edecán de la Ministra de Gobierno, como habían manifestado. Desde esa cartera de Estado les indicaron que dichas personas no tenían ningún tipo de relación laboral con la Institución.
Por este motivo, la Policía aprehendió a los tres sospechosos, quienes hoy enfrentan una instrucción fiscal de treinta días.
Entre los elementos de convicción, el Fiscal de la causa presentó: versiones de los funcionarios del CJ, la denuncia del Ministerio del Interior y del CJ, el formulario único de cadena de custodia y documentación de la Dirección de Talento Humano del Ministerio del Interior con la que se desvirtuó una relación de trabajo con los procesados.
Información jurídica
El delito de usurpación y simulación de funciones públicas por el que se inició la instrucción fiscal está tipificado en el artículo 287, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “La persona que ejerza funciones públicas sin autorización o simule cargo o función pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”. (FGE)
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