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Sentenciado a 22 años de cárcel por el asesinato de la expareja de su hija

Quevedo (Los Ríos), 03 de julio de 2024.- Tribunal de Garantías Penales de Los Ríos –con base en las pruebas presentadas por Fiscalía– declaró culpable a Francisco M. por el asesinato del exconviviente de su hija, por lo que deberá cumplir una pena privativa de libertad de veintidós años. El hecho ocurrió en marzo de 2023, en el cantón Buena Fe.

Según lo expuesto por Fiscalía en la audiencia de juicio, el procesado habría tenido una discusión con la víctima, debido a problemas que mantenía con su hija (expareja del occiso), con quien tenía un bebé recién nacido.

En los días previos al crimen, la víctima habría mantenido conversaciones –por mensaje de texto– con el hermano de su exconviviente, para pedirle que hablara con ella, con el objetivo de que volvieran a vivir juntos. El día de los hechos se habrían citado con el afán de conversar y tratar de solucionar los problemas. No obstante, al llegar al lugar –un sector aledaño a la hacienda San Javier del cantón Buena Fe– fue atacado con un disparo de escopeta –por parte de Francisco M.– que le causó la muerte.

En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó como pruebas: la versión y el testimonio del atacante, el testimonio del hijo del imputado y de la madre de la víctima. Todos coincidieron en la forma en que ocurrieron los hechos el día del suceso.

También, los testimonios de los agentes que participaron en el procedimiento, ante el llamado de emergencia reportado al ECU 9-1-1, el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el acta de levantamiento del cadáver y protocolo de autopsia.

En este caso se procesó tanto al exsuegro (sentenciado), como al excuñado de la víctima. Sin embargo, en la etapa preparatoria de juicio se ratificó el estado de inocencia del segundo, debido a que no se encontraron elementos suficientes sobre su responsabilidad en el hecho.

Información jurídica

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (FGE)

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