Francisco de Orellana (Orellana), 16 de julio de 2024.- Juan Carlos A. V., de 36 años, fue sentenciado a cumplir la pena agravada de nueve años y cuatro meses de prisión, como autor del abuso sexual perpetrado contra una niña de 10 años, hija de su conviviente.
La Fiscalía de Orellana demostró la responsabilidad del procesado con la presentación de testigos y peritos, durante la audiencia de juzgamiento. El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa también ordenó el pago de veinte salarios básicos unificados como multa y una de 1.000 dólares como reparación integral para la víctima.
Además, el Ministerio de Salud Pública deberá brindar atención psicológica para la niña afectada por los actos delictivos que en ella perpetró el padrastro.
El 24 de junio de 2017, Juan Carlos A. V. cometió actos de naturaleza sexual en la niña, en el segundo piso de la vivienda donde residía él con su conviviente y su hijastra. La madre de la agraviada se percató del hecho al mirar una huella en el cuello de su hija, entonces lo denunció ante Fiscalía.
Información jurídica
El artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) precisa como abuso sexual a la persona que “en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal”.
Las circunstancias agravantes de este delito, precisadas en el artículo 48, numerales 5 y 6 del COIP, aumentan el tiempo de la privación de la libertad en un tercio: compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima y aprovecharse de que la víctima atraviese por una situación de vulnerabilidad, de extrema necesidad económica o de abandono. (FGE)
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