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2 hermanos son sentenciados a 29 años de cárcel por la violación a una adolescente

Riobamba (Chimborazo), 05 de agosto de 2024.- Fiscalía consiguió una pena máxima agravada de veintinueve años ocho meses de cárcel para los hermanos Rony Marcelo y Luis Darwin M.C., quienes fueron declarados autores directos de violación por el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa.

En la sentencia escrita se detallarán los montos por multa y reparación integral que deberán ser cancelados por los sentenciados.

El hecho investigado ocurrió el 26 de noviembre de 2023, en la parroquia San Luis. Los ahora sentenciados y la víctima se encontraban al interior de un estadio. La agraviada se dirigió al baño e ingresó a un invernadero, donde fue interceptada por Rony Marcelo M.C. Entonces –a la fuerza y con amenazas– cometió el delito. Mientras Luis Darwin M.C., –que se unió a la ejecución del ultraje– vigilaba que nadie se acerque, en tanto la golpeaba para que dejara de pedir ayuda.

Sin embargo, la comunidad escuchó los llamados de auxilio de la adolescente: Rony Marcelo M.C. fue capturado en una cantina y entregado a los agentes de la Policía que acudieron al lugar. Mientras que su hermano, Luis Darwin M.C., logró escapar, pero meses después fue localizado en Guayaquil.

En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal de la Unidad de Violencia de Género presentó como principales pruebas: el testimonio anticipado de la víctima, en el que identificó a sus agresores y narró la forma en que ocurrieron los hechos; y, los testimonios de la madre y vecinos, mismos que fueron concordantes con el relato de la agraviada. También se expuso el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y los resultados de los exámenes médico-legales practicados a la víctima. Todas las pruebas fueron analizadas por el Tribunal, que concluyó que el delito existió y que los responsables del mismo fueron los procesados por Fiscalía, imponiéndoles la pena máxima determinada para ese tipo de infracción.

Información jurídica

Los hermanos fueron sentenciados con base en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso, la pena se incrementó porque los jueces consideraron circunstancias agravantes de la infracción. (FGE)

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