Guayaquil (Guayas), 13 de agosto de 2024.- Un Tribunal de Garantías Penales acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y dictó sentencia de dieciséis años de pena privativa de libertad contra Donisio Manuel G. V. y Andrea Lilibeth C. E., por el delito de explotación sexual, cometido en contra de una adolescente, hecho suscitado en abril de 2019.
Además, les impuso una multa de 100 salarios básicos unificados y una reparación integral de 2.500 dólares (a cada uno) a favor de la víctima y tratamiento sicológico y psiquiátrico para la afectada.
En audiencia de juzgamiento, la fiscal del caso presentó las pruebas documentales, periciales y testimoniales que demostraron la participación y responsabilidad penal de los hoy sentenciados.
Entre las principales pruebas se encuentra el parte informativo e investigativo de la Policía Nacional, el testimonio anticipado de la víctima, los informes de reconocimientos médicos legales y sicológicos, junto con el testimonio de 7 personas, entre médicos peritos, trabajadora social y de los agentes aprehensores e investigadores.
La denuncia sobre el hecho fue presentada en la Fiscalía en febrero de 2020, por parte de los directivos del Centro de Acogitamiento Institucional para Víctimas de Delitos de Trata de Personas, Explotación Sexual y Prostitución Forzada, quienes dieron a conocer que una menor de 13 años fue explotada sexualmente por sus familiares.
La menor habría salido de la vivienda de sus padres (en Durán) para irse a vivir a casa de sus parientes en Guayaquil, con el fin de que consiga recursos económicos para solventar sus gastos de educación (textos y uniformes). Meses después, al no saber el paradero de la adolescente, los padres pusieron una denuncia por su desaparición.
La menor había huido de la vivienda de sus familiares hasta el cantón Quevedo, en Los Ríos, donde conoció a un sujeto que le brindó “ayuda”, el cual aprovechó la situación sicológica por la que atravesaba la menor, incitándola a que continué en este tipo de actividad sexual. Luego de la investigación, él también fue detenido y procesado en este cantón, por el mismo delito, en una causa paralela.
Información jurídica
La Fiscalía procesó este caso con base a lo dispuesto en el artículo 100 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de explotación sexual con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años. (FGE)
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