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7 años de prisión para sentenciado por extorsión

Puyo (Pastaza), 10 de septiembre de 2024.- Sobre la base de las pruebas expuestas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a Wladimir Alexander R., en calidad de autor directo, a siete años de pena privativa de libertad por su participación en el delito de extorsión.

La sentencia incluye una multa de cuarenta remuneraciones básicas unificadas y el pago de 920 dólares como medida de reparación integral a la víctima. Además, el Tribunal que conoció la causa dispuso el tratamiento psicológico del agraviado y de sus familiares, por el periodo de un año.

El delito se cometió la mañana del 5 de octubre de 2023. La víctima recibió mensajes amenazantes a su celular, donde el ahora sentenciado le exigía el pago de 3.000 dólares a cambio de no atentar contra su vida, la de sus familiares y no violentar sus bienes. Los implicados acordaron encontrarse en lugar específico para la entrega del dinero.

Sin embargo, la víctima alertó a la Policía de la extorsión. Agentes policiales acudieron al punto de encuentro que se había acordado. Tras efectuarse la infracción, los uniformados aprehendieron a Wladimir Alexander R. y a su pareja en flagrancia.

En la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio, llevada a cabo en diciembre de 2023, un juez de Garantías Penales dictó auto de sobreseimiento a favor de la mujer (pareja sentimental del sentenciado), quien también fue procesada en la causa.

Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó varias pruebas: el testimonio de la víctima y de los agentes aprehensores; el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias (un sobre con el dinero de la víctima); la pericia de materialización y transcripción de la información contenida en dispositivos móviles; entre otras.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 185, inciso tercero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona la extorsión con pena privativa de libertad de siete a diez años cuando el delito se ejecuta con amenaza de muerte, pena establecida en el Código al momento de los hechos. (FGE)

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