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Tribunal declara culpables a 2 hombres por secuestro y los sentencia a 5 años de prisión

Quevedo (Los Ríos), 17 de octubre de 2024.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró culpables a Marco M. y Leibert C., y los sentenció a cinco años de prisión por el secuestro de un hombre. El hecho ocurrió en octubre de 2023.

La decisión fue tomada por mayoría, luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado durante la audiencia de juicio.

En la diligencia, el Fiscal del caso expuso que el hecho ocurrió el 16 de octubre de 2023, en el sector conocido como Macul, en el cantón Vinces. Un grupo de personas que se trasladaba en un automóvil interceptó a la víctima, quien se encontraba en un camión.

Utilizando la fuerza y amenazándolo con un arma, llevaron al hombre al vehículo pequeño, mientras otro de los atacantes conducía el camión de carga.

El secuestro fue presenciado por un grupo de policías que se encontraban cerca del lugar y trataron de repeler la acción. Esto provocó un cruce de disparos y una persecución que terminó a pocos kilómetros, donde los secuestradores dejaron abandonado el camión y a la víctima.

En un inmueble cercano, se encontró a uno de los procesados, quien estaba herido en una pierna y fue aprehendido. Cerca de ese lugar, también se encontró al segundo procesado, quien intentaba ocultar el vehículo utilizado para cometer el delito. Fue aprehendido tras intentar huir. Ambos fueron encontrados con armas de fuego en su poder.

Los demás involucrados lograron evadir la acción de la Policía.

Para demostrar su teoría del caso, Fiscalía presentó como pruebas: los testimonios de los agentes que participaron en el procedimiento flagrante, el parte policial de aprehensión e informativo de los hechos ocurridos, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las evidencias encontradas (entre ellas un vehículo y dos armas de fuego).

Información jurídica

El secuestro es un delito tipificado en el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)

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