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Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por comercialización de pornografía infantil

Quito (Pichincha), 23 de enero de 2025.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificó la sentencia condenatoria contra Gerardo Antonio T. M., luego de que la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) fundamentara jurídicamente su culpabilidad ante los Jueces.

El procesado, que tenía 23 años al tiempo de los hechos, deberá cumplir una pena de diez años de privación de libertad como autor del delito de comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes (NNA), sanción que fue impuesta por los Jueces de primera instancia en mayo de 2024.

La defensa de Gerardo Antonio T. M. alegó que la sentencia del Tribunal Penal carecía de una adecuada motivación, argumentando que no se ajustó la conducta al tipo penal y que las pruebas eran insuficientes para justificar la condena.

Estas afirmaciones fueron rebatidas por la Fiscal del caso, quien presentó a los jueces de la Sala Penal pruebas contundentes, entre ellas: los reportes de la Oficina de Investigaciones del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (HSI), a través del National Center for Missing Exploting Children (NCMEC, por sus siglas en inglés), los cuales demostraron que Gerardo Antonio T. M. descargó y almacenó material de abuso sexual infantil (MASI).

Un perito antropólogo confirmó que los videos recuperados y analizados evidenciaban actos de abuso sexual cometidos contra niños y niñas.

Entre otras pruebas, también se presentó los testimonios del oficial del caso, del analista y agente investigador y del perito de materialización de la información, que revelaron la responsabilidad del sentenciado en el cometimiento del delito.

Gerardo Antonio T. M. fue detenido hace casi dos años en el sector de Las Casas, en el norte de Quito, como resultado de una investigación abierta el 27 de febrero de 2023, que fue derivada de una causa penal iniciada en la Fiscalía Provincial de Guayas. Durante el allanamiento a su domicilio se recabaron archivos digitales con MASI, dispositivos de almacenamiento externo y teléfonos celulares, que fueron incorporados al expediente.

Información jurídica

El delito de comercialización de pornografía con utilización de NNA está tipificado en el artículo 104 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y contempla una pena de diez a trece años de privación de libertad. (FGE)