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Sentenciado a 22 años de prisión por violación incestuosa

Palora (Morona Santiago), 29 de enero de 2025.- Claudio Napoleón C. cumplirá veintidós años de privación de libertad por su autoría en el delito de violación, según la sentencia emitida por escrito por el Tribunal Penal de esta jurisdicción.

De acuerdo a lo expuesto por el Fiscal del caso, en enero de 2024, la víctima ‒de 16 años‒ fue a vivir por primera vez con su padre, Claudio Napoleón C., luego de ser abandonada por su madre y no poder vivir con otros familiares.

La víctima pensó que estaría protegida, pero un mes después, su padre empezó a violentarla sexualmente dentro de la vivienda, ubicada en el cantón Palora. Además, la amenazaba con abandonarla y dejarla sin vivienda ni alimento si contaba lo sucedido.

El 13 de mayo de 2024, ocurrió la última agresión. La adolescente había salido con sus amigas a un balneario y tardó en regresar. Esto molestó al agresor, quien la atacó física y sexualmente cuando llegó al domicilio. La víctima, al resistirse, decidió no callar más: gritó pidiendo auxilio y fue escuchada por vecinos, quienes alertaron a la Policía. Minutos después, los agentes llegaron a la vivienda y, tras escuchar el testimonio de la adolescente, aprehendieron al agresor.

Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima, las declaraciones de familiares y de agentes aprehensores, de la médica que atendió a la adolescente en una casa de salud, y de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social.

Información jurídica

Claudio Napoleón C. fue sentenciado con base en el artículo 171.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de violación incestuosa. Este ilícito se sanciona con la pena máxima prevista en el artículo 170 del mismo cuerpo legal: 22 años de privación de libertad. (FGE)

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