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Segunda sentencia por prevaricato contra el exjuez Simón G.

Portoviejo (Manabí), 30 de enero de 2025.- Las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado demostraron la responsabilidad del exjuez del cantón Paján, Simon G. T., en el delito de prevaricato, lo que permitió al Tribunal de la Corte Provincial de Justicia que conoció el caso dictar sentencia de tres años de privación de libertad.

En la audiencia de juicio, la Fiscal Provincial de Manabí destacó que la investigación en este caso inició de oficio, luego de conocer sobre el delito (en una publicación en una red social) acerca del accionar irregular del entonces Juez, relacionado con una acción de protección.

Las pruebas obtenidas durante la investigación confirmaron que Simón G. T. –abusando de sus atribuciones y desnaturalizando una acción constitucional– concedió una medida cautelar a favor de una persona sentenciada por el delito de robo con resultado de muerte. Además, actuó sin competencia, ya que dicha condena fue impuesta por un Tribunal de Garantías Penales de Azuay, es decir, estaba fuera de su jurisdicción.

Fiscalía señaló que esta acción vulneró lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y de Control Constitucional.

Entre las pruebas más importantes presentadas en la diligencia se encuentran las copias certificadas del expediente sustanciado por Simón G. T., así como la sentencia por robo con muerte contra María M.

Además, se presentaron testimonios de varios peritos que practicaron diligencias en la presente causa, el informe investigativo, el resultado de un informe documentológico, entre otras pruebas que corroboraron la responsabilidad del Exjuez en el delito de prevaricato.

Esta es la segunda sentencia por prevaricato contra Simón G. T. En la primera, fue sentenciado a cuatro años de prisión en el contexto de un juicio civil por desahucio. A estas sentencias se suma una más por delincuencia organizada en el caso Plaga, donde se sometió al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad en el hecho imputado.

Información jurídica

El artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica y sanciona el delito de prevaricato de las o los jueces o árbitros. (FGE)

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