Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 21 de marzo de 2025.- Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa valoró las pruebas expuestas por Fiscalía y sentenció a Manuel Eduardo M. a siete años de pena privativa de libertad por su autoría en el delito de abuso sexual perpetrado contra su sobrino, de 9 años.
El hecho investigado por la Fiscalía Especializada en Violencia de Género ocurrió en septiembre de 2022. El niño comenzó a mostrar conductas de agresividad en su plantel educativo, lo que alertó a la psicóloga de la institución sobre una posible agresión sexual.
De inmediato, la docente informó a los padres del pequeño. Al seguir el protocolo correspondiente en estos casos, la víctima reveló que Manuel Eduardo M., su tío y agresor, le entregaba monedas de colección para luego cometer el delito. Ante este relato, los progenitores denunciaron el hecho a las autoridades.
Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscal del caso sustentó su acusación con el testimonio anticipado de la víctima, las versiones de los padres y de dos funcionarias del plantel educativo (una profesora y una psicóloga), el informe del agente investigador de la Uncis (Unidad de Delitos Sexuales), el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las pericias de trabajo social y psicológica practicadas a la víctima.
Información jurídica
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años cuando la víctima es menor de 14 años. (FGE)
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