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Sentenciado a 13 años de prisión por abuso sexual

Cuenca (Azuay), 21 de abril de 2025.- Daniel Arturo B. fue sentenciado a trece años de prisión por haber abusado sexualmente de una adolescente de 12 años. El fallo fue emitido por un Tribunal Penal, luego de que Fiscalía demostrara su responsabilidad en los hechos.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género 2 relató que el delito ocurrió la noche del 11 de mayo de 2024, en un domicilio ubicado en Cuenca. La víctima se encontraba en el zaguán, descargando una carreta de venta ambulante de mangos, cuando su vecino, Daniel Arturo B., la sorprendió, sujetándola con fuerza y agrediéndola sexualmente. La adolescente logró zafarse y salir a la vía pública.

Más tarde, cuando se encontraba en el patio, el agresor volvió a abordarla. Esta vez intentó empujarla hacia un baño del inmueble, pero ella se defendió sujetándose de una pared. En ese momento, su hermano salió a buscarla y presenció los hechos. El agresor huyó del lugar.

Esa misma noche, tras conocer lo ocurrido, el padre de la víctima llamó al ECU 9-1-1. Agentes de la Policía Nacional localizaron y aprehendieron al agresor en el Centro Histórico de la ciudad.

En el desarrollo del juicio, peritos en psicología y entorno social concluyeron que la adolescente presenta sintomatología de estrés agudo, pérdida de interés en sus estudios y aislamiento, a raíz de la agresión sufrida.

Fiscalía también presentó los testimonios de los padres y del hermano de la víctima, así como de los agentes que participaron en la aprehensión y efectuaron las diligencias investigativas.

Luego de valorar los elementos probatorios, el Tribunal declaró la culpabilidad del acusado y le impuso, además de la pena privativa de libertad, el pago de una reparación integral a favor de la víctima.

Información jurídica

El artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el abuso sexual como un acto de naturaleza sexual sin acceso carnal. Según el inciso segundo del mismo artículo, cuando la víctima es menor de 14 años, la pena va de siete a diez años. En este caso, el Tribunal impuso una pena agravada al considerar circunstancias adicionales que incrementaron la sanción. (FGE)